jueves 26, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Antigüedad del trabajador que se jubila vuelve a cero si continúa prestando servicio

VOCALES. Luis Eugenio Angulo -autor del voto-, Luis Enrique Rubio y Mercedes Blanc de Arabel intervinieron en la dilucidación del caso.
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El Alto Cuerpo utilizó la interpretación del artículo 253 de la Ley de Contrato de Trabajo, que efectuó en su momento la Corte Suprema de Justicia de la Nación

Al entender que el juez a quo omitió considerar que la concesión del beneficio previsional produjo la finalización de la relación de pleno derecho, ya que constituye una causal objetiva de extinción del vínculo y si el trabajador jubilado continuó prestando labores comienza un nuevo cómputo de la antigüedad, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) admitió la casación presentada por la demandada Emintex SA y ordenó que la indemnización por ese concepto del actor despedido se tome desde su jubilación hasta la fecha de desvinculación.

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