El tribunal recibió la cautelar planteada por el progenitor, después de escuchar -en dos audiencias- la opinión de los menores de edad. Desestimaron reparos de la madre. La cuota alimentaria fue mantenida
En el marco de un incidente de cambio de modalidad del cuidado personal de los hijos, teniendo como norte el interés superior de los menores de edad, a razón de lo que manifestaron en las audiencias llevadas, atento al grado de madurez de sus expresiones, deseos y lo que actualmente no quieren vivir, el Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Huinca Renancó hizo lugar a la medida cautelar innominada pedida por el padre de ellos, quien había solicitado la restitución de los niños a su centro de vida junto a él, con fundamento en que no existe motivo que avale continuar admitiendo su temporaria residencia junto a la madre y su conviviente.
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