martes 5, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Adicionan intereses por la venta de un automóvil durante la indivisión ganancial

ESCENARIO. El tribunal de Familia interviniente desestimó el planteo compensatorio del padre demandado.
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El tribunal interviniente entendió que -definida la naturaleza ganancial del bien- la transacción durante la etapa de indivisión determina que ingrese a la comunidad indivisa la suma de dinero obtenida como precio de aquél

Al advertir que, en la liquidación de bienes de una sociedad conyugal, la jueza había omitido adicionar los intereses de la suma de dinero correspondiente a un vehículo que el ex cónyuge había vendido antes de divorciarse, la Cámara de Familia de Segunda Nominación de Córdoba condenó a éste a abonar a su ex esposa la suma de dinero equivalente a la mitad del valor obtenido por la venta del automóvil más los intereses moratorios desde la fecha de la enajenación del bien hasta el efectivo pago.

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