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Vizzotti prometió una pronta implementación de las leyes de oncopediatría y VIH

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a ministra de Salud, Carla Vizzotti, celebró la sanción de las leyes que amplían la protección para pacientes con VIH y otras enfermedades de transmisión sexual, y para niñas, niños y adolescentes con cáncer y prometió una «pronta y plena» implementación.

«La sanción de la nueva Ley de VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis e Infecciones de Transmisión Sexual y la Ley de Oncopediatría son noticias para celebrar. En el @msalnacion trabajaremos para su pronta y plena implementación. Sigamos ampliando derechos», escribió Vizzotti en su cuenta de Twitter pasada la medianoche, una vez que el Senado dio sanción a los proyectos.

Después de 30 años, el Congreso aprobó una nueva ley de VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis e Infecciones de Transmisión Sexual, que propone un abordaje integral desde la salud colectiva y busca brindar contención e información para derribar prejuicios y situaciones de discriminación.

Entre otras cuestiones, establece que toda prueba para detectar esas patologías deberá ser voluntaria, gratuita, confidencial y universal, a la vez que promueve la creación de un régimen de jubilación especial, de carácter excepcional para quienes transiten las enfermedades de VIH y hepatitis B o C, así como una pensión no contributiva de carácter vitalicio para quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad social.

De este modo, quienes acrediten al menos diez años desde el diagnóstico de la enfermedad y 20 años de aportes jubilatorios, pueden solicitar la jubilación a partir de los 50 años.

Asimismo, el Senado también convirtió anoche en ley que obliga a las obras sociales y prepagas a dar una cobertura total para la atención de niños, niñas y adolescentes con cáncer y al Estado Nacional a dar una asistencia a económica a las familias.

Por otra parte, el Estado Nacional tendrá que otorgar una asistencia económica equivalente al monto de la Asignación Universal por Hijo con discapacidad a aquellos progenitores o representantes legales que se encuentren en situación de desempleo y no cuenten con ningún otro beneficio de carácter previsional, mientras dure el tratamiento según indicación médica.

Cuando los menores de edad con cáncer deban trasladarse y permanecer junto a su grupo familiar a una distancia mayor a los 100 kilómetros de su lugar de residencia para recibir el tratamiento, el Instituto Nacional del Cáncer en coordinación con las respectivas jurisdicciones deberá procurar a la familia «el acceso a un subsidio habitacional que les permita facilitar y cubrir los gastos de locación de vivienda durante el plazo que dure el tratamiento».

Además, uno de los progenitores o representantes legales podrán gozar del derecho de licencias especiales para acompañar a sus hijos en los estudios, rehabilitaciones y tratamientos vinculados a la recuperación, «sin que ello fuera causal de pérdida de presentismo o despido de su fuente de trabajo».

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