jueves 18, julio 2024
El tiempo - Tutiempo.net
jueves 18, julio 2024

Residuos: nuevo marco multa la falta de separación en origen

“CONTENERIZACIÓN”. La falta de disposición de los residuos en contenedores será pasible de sanciones.
ESCUCHAR

Regula generación, manipulación, operación, transporte, tratamiento y disposición final de las diferentes categorías de residuos. Apunta a incentivar su reciclado y morigerar el impacto ambiental en su gestión.

El futuro marco legal que regulará todas las etapas que involucra la gestión de residuos en sus diferentes formas dentro del ámbito de la ciudad de Córdoba prevé sanciones para los generadores, ya sea vecinos, comerciantes o industriales, que no realicen la “segregación y/o disposición inicial” que establezca la autoridad de aplicación.

Se trata de uno de los artículos del proyecto de ordenanza enviado por el Ejecutivo municipal al Concejo Deliberante, que hoy tomará estado parlamentario.

La iniciativa apunta a reemplazar la ordenanza 9612 del año 1996 y fue elaborada por una comisión revisora de esa norma, integrada por técnicos de la Municipalidad de Córdoba.

El proyecto apunta concretamente a regular la “generación, manipulación, operación, transporte, tratamiento y disposición final de las distintas categorías de residuos, desechos o desperdicios”.

Según su artículo 3, la finalidad del futuro marco será propiciar la “minimización de la generación y transporte; el reciclaje, la recuperación y reutilización, la revalorización, la optimización de los tratamientos y disposiciones finales y propiciar el uso de herramientas científicas y tecnológicas que permitan morigerar o suprimir la diversidad de impactos ambientales relacionados con la gestión de los residuos”.

Resumieron a Comercio y Justicia fuentes oficiales: “Se trata de un marco normativo que busca avanzar mas allá del reglamentarismo del anterior y, principalmente, cubrir aspectos claves del futuro sistema que incluirá un fuerte impulso al reciclaje en origen y también a las tecnologías que apunten al aprovechamiento de los residuos que lleguen a su disposición final a través de diferentes mecanismos”.

La intención oficial es que sirva de marco para el futuro servicio que prestarán las próximas concesionarias que saldrán de la licitación en marcha.

También para el proceso de disposición final, que estará a cargo de Cormecor. El proyecto incluye diferentes capítulos. Concretamente, disposiciones generales que engloban los lineamientos centrales y las definiciones de cada concepto. Más adelante refiere a la gestión de residuos no peligrosos, de residuos peligrosos, patógenos y especiales, a la vez que fija infracciones y prohibiciones.

Finalmente se dedida un capítulo a los instrumentos de la política y gestión ambiental y a la educación ambiental.

Respecto a los residuos peligrosos, se crea un registro de generadoras y operadores y se legisla sobre el manifiesto original de esos desechos, sobre los transportistas, la disposición transitoria y la final y sobre los residuos patógenos.

Separación en origen
Dentro de los residuos no peligrosos, el texto señala que la Municipalidad tendrá exclusiva potestad de gestión sobre esos desechos. En ese marco, se avanza con la posibilidad de sancionar la falta de separación en origen.

Efectivamente, el artículo 14 del proyecto señala que “el generador será responsable de realizar las acciones de segregación y/o disposición inicial que la autoridad de aplicación establezca para el área territorial donde habita. La omisión de dicha acción será considerada una falta, en los términos del Código de Faltas Municipal. Asimismo, el habitante real y el propietario del inmueble serán solidariamente responsables ante la autoridad de aplicación de los compromisos previstos en la presente norma y sus reglamentaciones”.

El municipio admite que ese artículo abre las puertas para sancionar la falta de separación de residuos secos y húmedos en origen pero también de la disposición de residuos peligrosos y de escombros, por ejemplo.

Con todo, reconoce que la determinación de la infracción será compleja en algunos casos y sólo surgirá de la “flagrancia” en que se descubra el acto irregular -aunque no en todos los casos-.

Asimismo, recordaron que más allá de ese marco conceptual, el texto abre la posibilidad de avanzar con detalles en una reglamentación posterior que dote de mayor operatividad a la futura norma.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?