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Los «héroes» de Milei y el régimen penal cambiario

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“El que fuga dólares es un héroe, ya que logró escaparse de las garras del Estado”, disparó el presidente Javier Milei ante empresarios del Foro Llao Llao. Pero esa postura choca de frente con el régimen penal cambiario.
«Financian el déficit con emisión monetaria, generan inflación. ¿Qué hacen? Controles de precios como la Ley de Góndolas. Y cuando controlan precios, aparece el desabastecimiento. Se les van los dólares, entonces ponen controles de capitales y entonces el que fuga es un delincuente. Pero no. El que fuga es un héroe, logró escaparse de las garras del Estado», sostuvo el jefe de Estado.

Milei abundó en su postura, que causó sorpresa entre los hombres de negocios: «Si me pongo el traje de economista, le recomendaría a mi cliente que compre dólares. Eso después figura como fuga. Y si los compran en negro mejor, así no tienen que pagar impuestos estúpidos para financiar inútiles», agregó.
Sin embargo, para los analistas la fuga de dinero es la salida de capitales del país violando regulaciones cambiarias. Resulta así una infracción al régimen penal cambiario.

A través de ese régimen, el Estado Nacional puede aplicar multas y hasta prisión. Las infracciones a la normativa que regula el control de cambios fueron sancionadas por la Ley 19.359, sancionada en 1971.
“Será reprimido con prisión de dos a seis años el sujeto obligado que mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid o engaño, sea por acción o por omisión, evadiere total o parcialmente el pago de tributos al fisco nacional, provincial o de la Ciudad de Buenos Aires”, según lo dispuesto por el régimen.

Ante el incumplimiento de esa norma, los imputados son sometidos a un tratamiento legal similar al que puede tener alguien que ha sido procesado por un delito contra la propiedad. En consecuencia, se les prohíbe salir del país y se les traba embargos, entre otras decisiones.
El Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (CIPCE) propuso discutir un marco regulatorio que imposibilite la financiación de la fuga de capitales, en tanto maniobra que tiene por única finalidad utilizar el Estado en beneficio de sectores concentrados de la economía.

Para ello, la entidad consideró necesario que se aprueben normas que posibiliten un control amplio de la toma y destino de la deuda pública; reformar la Ley de Ética Pública para regular las situaciones que suscitan conflictos de intereses e incorporar un régimen de limitaciones sobre quienes pueden ser contratados para asistir al país en el canje de deuda, entre otros puntos.

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