viernes 26, abril 2024
El tiempo - Tutiempo.net
viernes 26, abril 2024

Ejerció sin título de contador: deberá resarcir económicamente y hacer tareas comunitarias

ESCUCHAR

Entre 2014 y 2017, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas efectuó 34 denuncias penales por causas en las que se descubrió actividad profesional sin matriculación o sin título habilitante. En nueve de ellas, los fiscales dispusieron el requerimiento de elevación a juicio

Por Carolina Klepp – [email protected]

La Justicia dispuso tareas comunitarias y reparación económica por ejercicio ilegal de la profesión de contador a una persona de Huinca Renancó que había sido denunciada penalmente por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCE).
Aunque no se divulgó el nombre, la medida fue confirmada por la presidente de la Comisión Especial de Fiscalización Profesional de esa entidad, María Elda Combina de Licari (foto).
“En mayo de 2014 la comisión recibe una denuncia de Huinca Renancó, realiza una fiscalización en el lugar, y detecta que eran ‘prácticos’ y no profesionales los que allí trabajaban. Se obtuvieron pruebas contundentes que se incorporaron al expediente administrativo de la Comisión y en septiembre de ese año el CPCE realizó la denuncia penal”, relató Combina de Licari.
Asimismo, recordó que el CPCE, en virtud del poder de policía conferido por la Constitución Provincial, y en pos de la jerarquización de las profesiones cuya matrícula gobierna, tiene como función específica fiscalizar que las profesiones en ciencias económicas sean ejercidas dentro del marco legal.

Según Combina de Licari, la denuncia recayó en la Fiscalía de Instrucción de Huinca Renancó. “El fiscal Luis Marcelo Saragusti, visto las pruebas, solicitó al juez correspondiente que librara orden de allanamiento del domicilio denunciado. Se hizo, se diligenció la causa y vio que las pruebas eran suficientemente fuertes como para investigar al imputado. Lo investigan y en agosto de 2017 resuelve elevar a juicio, que recayó en la Cámara Segunda del Crimen de Río Cuarto. En esa instancia, la defensa del imputado pide que se suspenda el juicio a prueba, osea la probation. La Cámara aceptó y resolvió que el imputado se hiciese cargo de resarcir el daño hecho por haber incurrido en un ilícito. Le indicó que debe pagar 10.000 pesos y realizar trabajos comunitarios”, describió la titular de la Comisión Especial de Fiscalización Profesional del CPCE.
Cabe mencionar que el artículo 247 del Código Penal prevé pena de prisión, con un mínimo de quince días y máximo de un año, a quienes ejercieren actos propios de una profesión para la que se requiere habilitación especial, sin poseer título o la autorización correspondiente.

En Córdoba y en el interior
El Departamento de Asesoría Jurídica del CPCE informó que desde 2014 a 2017 la entidad realizó 328 fiscalizaciones en aquellos domicilios donde se descubrió actividad profesional sin que estén correctamente individualizados los profesionales en Ciencias Económicas debidamente matriculados. De ese total, 119 son personas que carecen de título habilitante.
En el período mencionado iniciaron 104 expedientes por ejercicio ilegal de la profesión y 34 denuncias penales. “En nueve causas, los fiscales de Instrucción dispusieron el requerimiento de elevación a juicio. Asimismo, otras tres ya elevadas a juicio las respectivas defensas plantearon la suspensión del juicio aprueba (probation)”, detalla el informe.

Las inspecciones se llevaron a cabo en toda la provincia y como resultado se efectuaron 34 denuncias penales por hechos en las ciudades de: Córdoba, Río Cuarto, San Francisco, Villa María, Las Perdices, Corral de Bustos, Arroyito, La Falda, Jesús María, Tío Pujio, Las Varillas, Río Ceballos, Laboulaye, Bell Ville y Mattaldi. En estos casos, acreditaron, prima facie, el ejercicio ilegal de la profesión y/o usurpación de título.
Finalmente, el Departamento de Asesoría Jurídica del CPCE detalló que se han ejecutado allanamientos en la mayoría de las jurisdicciones mencionadas y que “en muchos casos la fiscalía interviniente ha dispuesto la citación a indagatoria de los imputados”.

Artículo 247. Será reprimido con prisión de quince días a un año el que ejerciere actos propios de una profesión para la que se requiere una habilitación especial, sin poseer el título o la autorización correspondiente.

95 % de los casos de ejercicio ilegal de la profesión a cargo de prácticos es por tareas de liquidación de impuestos, asesoramiento impositivo y contabilidad de empresas e
individuos, todas incumbencias del contador.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?