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Buscan proteger a los testigos que declaren en causas de corrupción

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La iniciativa fue presentada en la Unicameral por el legislador radical Javier Bee Sellares. La intención es avanzar en la investigación de los delitos económicos. Quien ingrese al programa tendrá reserva de su identidad y resguardo laboral para sí y para terceros

Por Silvina Bazterrechea – [email protected]

El legislador provincial, Javier Bee Sellares (UCR) presentó un proyecto de ley que busca modificar el Código Procesal de Córdoba para establecer un Régimen de Protección de Denunciantes, Testigos y Víctimas de los Delitos contra la Administración Pública tipificados en el Código Penal.
La intención del legislador es proteger específicamente a quienes declaren como testigos o víctimas en delitos vinculados con el cohecho y tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, fraude, exacciones ilegales y enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados.
Se trata del tercer proyecto de ley que presenta Bee Sellares en materia de lucha contra la corrupción. El primero se convirtió en ley en diciembre pasado y estuvo vinculado con la regulación de la figura del arrepentido. La otra, ingresó a la Unicameral en marzo y proponía una ley de extinción de dominio.

“Este proyecto que presenté cierra una trilogía en materia de investigación de casos contra la corrupción, mi intención es brindar herramientas al Poder Judicial para que pueda avanzar en la instrucción de este tipo de causas”, destacó Bee Sellares en diálogo con Comercio y Justicia.
“La falta de protección y medidas de seguridad para los denunciantes de buena fe de hechos de corrupción retroalimenta el sistema y aumenta los índices de comisión de estos actos delictivos, generando, por lo tanto, mayores niveles de impunidad. Con este proyecto se incentivará a aquellos que poseen información o son testigos de actos de corrupción y que se encuentran temerosos a represalias contra su persona o sus allegados a que se acerquen a las autoridades competentes a informar estos hechos”, agregó el legislador.
Según la fundamentación, la sanción de esta iniciativa implicará el cumplimiento de normas incluidas en tratados fundamentales ratificados por Argentina en materia de lucha contra la corrupción, como son la Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
En nuestro país, en el ámbito del Ministerio de Justicia funciona en la actualidad el Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados creado por ley N° 25764, que cuenta con medidas de protección en las causas de secuestro, secuestro extorsivo, narcotráfico y terrorismo.

Requisitos
El proyecto de ley estipula que será requisito para el otorgamiento de la protección que la “colaboración” que el protegido preste a la investigación permita avances concretos para acreditar los hechos, determinar sus autores y partícipes o recuperar los “instrumentos” o el “provecho indebido” que generó el delito.

Se prevé que todas las personas que ingresen al programa de protección de testigos contarán con protección laboral y reserva de su identidad. La medida de protección será para sí o para terceros.
“Se aplicarán medidas de protección cuando el acto arbitrario o ilegal pudiera afectar a su cónyuge o su concubino o concubina, sus ascendientes o descendientes hasta el primer grado o parientes por consanguinidad en línea colateral hasta el primer grado, o a su grupo de pertenencia vital o convivencia”, resalta el texto de ley.
La medida podrá ser solicitada en cualquier momento del proceso. Incluso, como elemento novedoso que permite ampliar los márgenes de las medidas de protección, se da la posibilidad de que dichas medidas sean solicitadas antes de que tenga lugar la participación de la persona en carácter de denunciante, testigo, perito, víctima o informante.
Los requisitos para solicitarlas son mínimos y el trámite para definir sobre su procedencia es ágil. Si la petición fuera rechazada, se contempla el derecho al recurso.

En la región

– En el ámbito regional, Bolivia, Chile y Perú son los ejemplos de países que han impulsado reformas en sus legislaciones en materia de protección de denunciantes. En el caso de Bolivia, la ley Nº 458, sancionada a fines de 2013, establece la protección de denunciantes y testigos.
-Chile por su parte, establece en la ley Nº 20205 la protección al funcionario que denuncia irregularidades.
-Perú mediante Ley Nº 29542 establece la ley de protección al denunciante en el ámbito administrativo y de colaboración eficaz en el ámbito penal.

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