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El Senado se prepara para debatir la legalización del aborto

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Después de 22 horas de sesión en Diputados, la iniciativa se aprobó con 129 votos a favor y 125 en contra. En la Cámara Alta, el proyecto podrá estar en condiciones de votarse en septiembre. De convertirse en ley, se espera una catarata de pedidos de inconstitucionalidad

Con 129 votos a favor y 125 en contra, la Cámara de Diputados aprobó ayer el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo, luego de una maratónica sesión de casi 22 horas.
El presidente de la Cámara Baja, Emilio Monzó, ahora debe informar al Senado sobre la sanción. Los plazos reglamentarios indican que debe pasar una semana antes de que tome estado parlamentario en la Cámara Alta, que podría, si decidiese un tratamiento exprés, discutirlo en el recinto dentro de ocho días.
En Diputados, el debate en comisiones se extendió durante dos meses y medio e incluyó 723 exposiciones. Aunque no hay aún precisiones a, se espera que el tratamiento en el Senado también sea extenso. Se estima que el proyecto podría llegar a votación en septiembre. El Senado cuenta con 72 miembros de los cuales 26 ya se han manifestado en contra de legalizar el aborto y 17 lo han hecho por avalar la iniciativa.
Si finalmente el proyecto de despenalización del aborto se convierte en ley sin dudas habrá “una catarata” de pedidos de inconstitucionalidad.
Precisamente, en el recinto, la mayoría de los argumentos, tanto a favor como en contra de la iniciativa giraron alrededor de la constitucionalidad de la legalización del aborto y las actuales leyes vigentes en el país.

Consciente de ello, el diputado Daniel Lipovetzky señaló durante su discurso que “no hay ningún artículo de nuestra Constitución que prohíba la legalización del aborto” y que desde el Comité de Derechos Humanos de la ONU “nunca se le dijo a ningún Estado miembro de la ONU que la interrupción voluntaria del embarazo violaba una convención internacional”.
Asimismo, el legislador citó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que resaltó que “el embrión no puede ser considerado persona”. Lipovetzky también destacó la necesidad de modificar el artículo 86 de Código Penal porque «no se trata de salvar las dos vidas, se trata de salvar miles de vidas; esa es la responsabilidad que tenemos como diputados y que no podemos seguir eludiendo”.
En el mismo sentido, se pronunció la chaqueña Analía Rach Quiroga. “Ninguna legislación nacional o tratado internacional impide la despenalización del aborto. La protección del derecho a la vida, según las normas, no es absoluta. Este es un tema de salud pública y de justicia social”, remarcó.

Lo que se discute
La iniciativa permite la interrupción del embarazo a demanda hasta la semana 14, y luego de ese plazo, se habilita la práctica en casos de violación, riesgo para la vida o la salud de la gestante, o si se diagnosticara la inviabilidad de vida extrauterina del feto, causales que permiten la despenalización en la actualidad.
Entre los cambios que se realizaron se incorporó la objeción de conciencia individual, la creación de consejerías integrales no obligatorias pre y post aborto, y en el caso de las menores de 16 años se remite al artículo 26 del Código Civil, donde se presume que la mujer “tiene aptitud para decidir por sí respecto de aquellos tratamientos que no resultan invasivos, ni comprometen su estado de salud o provocan un riesgo grave en su vida o integridad física”.
En cuanto a las penas, el proyecto indica una sanción de 3 a 10 años de prisión para quien practique un aborto sin consentimiento de la mujer. La pena se puede elevar hasta 15 años si producto de la práctica muere la mujer. Además, los profesionales de la salud que causen un aborto sin consentimiento de la mujer sufrirán una inhabilitación por el doble del tiempo de la condena.

Por su parte, se fija una pena de tres meses a un año de prisión para quien practique un aborto con consentimiento de la mujer a partir de la semana 15 de gestación, fuera del marco de los supuestos previstos (violación, riesgo de vida/salud de la mujer, inviabilidad fetal).
Para quienes dilaten u obstaculicen un aborto, el proyecto fija una pena de tres meses a un año de prisión e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena. Si por esas barreras la mujer no puede acceder a un aborto legal, la pena contra el profesional de la salud se elevará de uno a tres años.
Por último, el proyecto indica que la mujer que cause su propio aborto o lo consiente a partir de la semana 15 de gestación – fuera de los supuestos de violación, riesgo de vida/salud de la mujer, inviabilidad fetal- recibirá una pena de tres meses a un año.

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