viernes 26, abril 2024
El tiempo - Tutiempo.net
viernes 26, abril 2024

Anularon imposición de costas al Ministerio Público Fiscal

ESCUCHAR

Casación indicó que la inferior no brindó razones para apartarse de la norma que establece que los agentes no podrán ser condenados en las causas en las que intervengan, salvo los casos en que
especialmente se disponga

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso de queja interpuesto por el titular de la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, Claudio Palacín, y revocó un fallo de ese tribunal que le impuso el pago de costas al Ministerio Público Fiscal de la Nación.
En diciembre de 2015, la Sala A de la Cámara Federal rosarina rechazó un recurso de reposición interpuesto por el agente y le impuso el pago de las costas del proceso.
En febrero de 2016, Palacín interpuso casación contra ese decisorio, que le fue denegada por inadmisible, lo que motivó la pertinente queja ante la máxima instancia en lo penal del país, que no la admitió.

Ante ello, el titular de la Fiscalía General Número 3 ante la Casación Penal, Ricardo Wechsler, dedujo recurso extraordinario federal, que fue declarado inadmisible y motivó la respectiva queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el 22 de mayo pasado -con remisión a los fundamentos del dictamen del procurador Eduardo Casal- declaró procedente el planteo, dejó sin efecto la sentencia y devolvió las actuaciones a la Cámara de Casación para que dictara un nuevo fallo.
Al resolver la cuestión, los jueces Juan Carlos Gemignani, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos reseñaron que la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario no brindó razones fundadas que permitieran apartarse de la previsión contenida en el artículo 532 del ordenamiento de rito, en cuanto establece que los miembros del Ministerio Público Fiscal no podrán ser condenados en costas en las causas en las que intervengan, salvo los casos en que especialmente se disponga lo contrario, circunstancia que no se dio en el proceso llevado a su conocimiento.
Así, consideraron que correspondía anular la imposición cuestionada y declararon erróneamente denegado el recurso de casación.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?