El ex ministro de Economía, Domingo Cavallo, fue procesado -sin prisión preventiva- por la Cámara Federal por el delito de defraudación a la Administración Pública, que prevé penas de hasta seis años de prisión.
Con su resolución, los camaristas Eduardo Freiler y Eduardo Farah revocaron la falta de mérito dictada por el juez federal Jorge Ballestero. En el fallo -dictado el 17 de julio pasado y que trascendió ayer- se hizo lugar a la apelación presentada por el fiscal Federico Delgado.
La causa, que involucra al ex al ex titular de Hacienda, se inició el 4 de abril de 2005, por una denuncia efectuada por el fiscal General ante las consideraciones vertidas por la camarista en lo penal económico, María Jeanneret de Pérez. A Cavallo se le reprocha haber renunciado al cobro de fondos públicos -percibidos ilegítimamente en carácter de reembolsos- por exportaciones que no reunían requisitos exigidos para su procedencia.
Ballestero sostuvo que no se había podido acreditar que aquella conducta hubiera generado perjuicio para los intereses confiados. Sin embargo, los camaristas no compartieron su criterio y le ordenaron que disponga las medidas cautelares (embargos) que estimara correspondientes.
Jeanerett de Pérez consideró ilegítima una resolución del Ministerio de Economía (619/01), en la que la cartera había renunciado al recupero de fondos públicos de empresas que habrían cobrado de forma ilegítima reembolsos por exportaciones, pero el a quo valoróque las constancias probatorias eran insuficientes para sospechar que Cavallo suscribió la resolución con la finalidad de perjudicar u obligar abusivamente al Estado.
PERJUICIO |
Los camaristas no compartieron el criterio del juez de primera instancia, valorando que de las constancias del expediente surgían las condiciones exigidas para para dictar el procesamiento. “Debe tenerse como provisoriamente probado el perjuicio, traducido en un beneficio económico indebido para las empresas involucradas, lo que justifica el dictado del auto de cautela”, se sostuvo. |