Hasta el próximo 30 de abril, la tasa de interés compensatorio y moratorio será de 0,6% mensual. El TSJ prorrogó el plazo de la reducción.
Quienes tengan deudas en concepto de tasa de justicia y las abonen hasta el 30 de abril próximo gozarán de una reducción, dado que hasta esa fecha la tasa de interés compensatorio y moratorio aplicable será de 0,6% mensual. Después de esa fecha volverá a regir la de 2% mensual.
Así lo determinó el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba mediante el Acuerdo Reglamentario Nº 118 “C”, que ahora dispuso prorrogar hasta el 30 de abril el término para acogerse al beneficio, que originariamente había sido establecido hasta el 30 de marzo.
Los vocales del TSJ esgrimieron que “los contribuyentes y/o responsables han demostrado un acogimiento favorable a la medida adoptada”. En el mismo sentido, destacó que “las constancias informáticas indican que, a la fecha, continúa existiendo un caudal importante de deudas de Tasas Judiciales vencidas e impagas que ameritan la decisión de continuar otorgando el beneficio dispuesto durante 30 días más”.
Anteriormente, el Alto Cuerpo había precisado que la reducción temporal de la tasa de interés obedecía a la conveniencia de “facilitar el pago de las gabelas atrasadas sin necesidad de recurrir a acciones judiciales”.