lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Ratifican negativa a requisitoria fiscal de decano universitario

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La Cámara Federal de Córdoba confirmó una resolución que disponía rechazar la requisitoria fiscal formulada en contra del decano y del secretario académico de la Facultad de Odontología, en cuanto la fiscalía le atribuía a ambos usurpación de autoridad, violación de los deberes de funcionario público y estafa.
El fallo estimó que “las acciones administrativas y académicas desplegadas por el decano Nazario Kuyumllian y el secretario, Nelson Rugani no se adecuan a las descriptas por los tipos penales”.
En cuanto a las figuras delictivas, se dijo que “si bien todo funcionario debe ajustar sus actos al ordenamiento jurídico que se encuentra previamente establecido para el desarrollo de sus funciones, no se puede sostener que un acto por su mera disconformidad con el orden normativo encuadre en el tipo penal descrito por el artículo 248 del Código Penal”.
La Cámara coincidió con la doctrina, en cuanto “no se abusa simplemente aplicando mal o equivocadamente la Constitución o la ley, sino cuando el acto funcional que se realiza está prohibido por el orden jurídico o, no estándolo, se lo ejerce arbitrariamente”.
“No surge que las conductas del decano y el secretario, en el ejercicio de sus propias funciones universitarias, hayan tenido esa concreta y específica intencionalidad dirigida a la realización de actos correspondientes a otro cargo y prohibidos por las leyes o manifiestamente arbitrarios”, se agregó.
Los hechos que motivaron la causa consistieron en que en el año 2003 Kuyumllian y Rugani habrían aprobado y puesto en funcionamiento el ‘Curso de Nivel Superior en Prótesis Dental’.
Una vez dictada la resolución bajo análisis ante el tribunal, el director de Asuntos Jurídicos de UNC manifestó que ‘siguiendo expresas instrucciones recibidas de la rectora Carolina Scotto, amplió la información proporcionada comunicando al Tribunal instructor que se había procedido a requerir los antecedentes del curso en cuestión, para luego acompañar el expediente administrativo en el que obra informe de la Subsecretaría de Grado de la Secretaria de Asuntos Académicos de la UNC sobre dicho curso’.

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