Al considerar la bicicleta un objeto riesgoso, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) admitió la casación presentada por una trabajadora y condenó a la Cooperativa de Energía Eléctrica y Otros Servicios Públicos de Las Varillas Ltda a abonarle una diferencia de la indemnización por incapacidad con fundamento en la ley civil, por el accidente que padeció mientras realizaba su tareas habitual, movilizándose en el biciclo provisto por su empleadora para repartir boletas de pago.
La accionante sostuvo que el juez de grado, al rechazar el reclamo por responsabilidad civil de la empleadora, “vulneró la traba de la litis, omitió valorar prueba dirimente e incumplió el deber que le cabía en la elección del marco legal aplicable”.
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