martes 5, noviembre 2024
martes 5, noviembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

Declaran inconstitucional artículo del Código Civil y Comercial y admiten vínculo pluriparental

ESCUCHAR

Los progenitores de la joven estuvieron de acuerdo en que se incorporara a la pareja de su madre -quien ejerce como padre afín- a la paternidad de aquélla

El Juzgado de Primera Instancia de Familia y de Primera Nominación de la ciudad de Córdoba declaró la inconstitucionalidad del artículo 558, último párrafo, del Código Civil y Comercial (CCyC), e hizo lugar a la solicitud de pluriparentalidad entablada por el padre afín de una adolescente cuya filiación pretendía, y ordenó la triple filiación solicitada.

Apoyá el periodismo especializado e independiente

Este contenido es exclusivo para suscriptores.

Accedé a todo nuestro contenido

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?