La magistrada interviniente advirtió la conducta persecutoria del demandado, quien tenía conductas obsesivas respecto de la trabajadora demandante, vinculadas a forzar una relación amorosa con ella
Al quedar acreditado el acoso laboral y sexual realizado por el empleador contra la accionante, la Sala 11ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba hizo lugar a la demanda por daño moral y lo cuantificó en 20% de lo indemnizado por despido.
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