Una empleada del Ministerio de Finanzas provincial había notificado tres meses antes del siniestro el cambio diario de itinerario que realizaba antes de dirigirse a su lugar de trabajo
Al surgir de la prueba que la actora comunicó a su empleador de manera fehaciente el desvió en el trayecto desde su hogar hasta su puesto de trabajo, debido a que tenía que llevar a su hija al colegio antes de comenzar sus labores, la Sala 1ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba admitió la demanda de la mujer, al considerar el accidente que padeció como “en tránsito”, por lo que condenó al Superior Gobierno de la Provincia a pagar las indemnizaciones conforme la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT).
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