La decisión sostuvo que, por aplicación del derecho del consumidor, le cabía culpa a la demandada por ejercer la obligación de seguridad y no haber demostrado eximentes
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Familia con sede en la ciudad de San Francisco admitió una demanda por daños promovida por la titular de un automóvil que protagonizó un accidente, en horas de la noche, al maniobrar para evitar impactar con dos bolsones de trigo de 1.000 kilos cada uno, dejados sobre la calzada de la ruta nacional 19, por lo que hizo responsable a la concesionaria Corredores Viales SA, atento a no cumplir con su obligación de seguridad para con el consumidor del peaje.
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