Según interpretaron los jueces intervinientes, al confirmar lo dispuesto en primera instancia, en la etapa previa a la apertura del juicio sucesorio, los terceros interesados no tienen motivo alguno para “fiscalizar” el desarrollo del proceso
La Cámara 7ª en lo Civil y Comercial de Córdoba rechazó la apelación presentada por quienes se presentaron como acreedores de una sucesión y confirmó la resolución de primera instancia que les denegó la participación para poder intervenir como terceros interesados en la etapa de la declaratoria de herederos, al no tener interés en esta etapa previa, en la que no se discute nada relacionado con los bienes de la herencia.
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