La Máxima Instancia remitió a los fundamentos del precedente “D. G, C. E. c/ Obra Social del Poder Judicial de la Nación” y estableció que el reclamo a la prestadora era improcedente, por exceder las limitaciones del decreto 1193/98 y de la resolución 428/99
Por mayoría, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la sentencia que le ordenó a la Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) cubrir un tratamiento biomédico de carácter experimental para el hijo de los actores, quien tiene una discapacidad diagnosticada como trastorno generalizado del desarrollo con espectro autista.
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