La madre de los niños denunció la factibilidad de una irregularidad, basándose en la donación hecha por quien fue su marido, en favor de dos hijos de otra unión
La Cámara 2ª de Familia de la ciudad de Córdoba revocó la resolución que hizo lugar al pedido formulado por los incidentistas (dos de los hijos del deudor alimentario, de otra unión), que ordenaba el levantamiento del embargo trabado sobre ciertos bienes. La apelación había sido presentada por la madre de los alimentados.
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