El juez laboral Huber Oscar Alberti consideró que en el caso no correspondía encuadrar a los empleados que realizan tareas de atención al cliente como pertenecientes a telefónicos de Telecom Personal
Después de considerar correcto el encuadramiento de una empleada del call center Task Solutions SA dentro del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) perteneciente a los empleados de comercio, en el ítem “Representante de Atención al Cliente”, la Sala 10ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba rechazó las diferencias de haberes reclamadas, recalcando la inexistencia de fraude entre la empleadora y la demandada solidaria Telecom Personal SA.
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