La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente un fallo que ordenó al Estado devolver a una persona los aportes voluntarios que hizo a una AFJP. Sin embargo, revocó la disposición que exigía a la Anses la restitución de los obligatorios. La decisión recayó en una causa iniciada por un ex afiliado que cuestionó la constitucionalidad de las normas que eliminaron el sistema de capitalización y de las medida que fijaron restricciones a la devolución total de los fondos excedentes de los aportes obligatorios al sistema.
En primera instancia se ordenó a la Anses abonar al actor el importe de las cuotas acreditadas en su cuenta de capitalización. El Estado apeló y ahora, en un fallo dividido, la Cámara hizo lugar parcialmente al recurso, distinguiendo entre aportes obligatorios y voluntarios. Al respecto, se aseguró que fue la misma norma la que dio un tratamiento diferente a los fondos y explicó que ante la falta de reglamentación de ésta el demandante se vio impedido de ejercer la opción de transferir a la Anses los aportes voluntarios para mejorar su haber.
Además, la mayoría indicó que la ley 26425 no reconoció derecho alguno al afiliado que acreditó en su cuenta de capitalización aportes adicionales a las obligaciones para acceder a mejores prestaciones, de aquél que permaneció en el sistema de reparto, o de quien, si bien optó por el de capitalización, no realizó cotización adicional.