La Justicia Federal (Tribunal Oral número 1) confirmó la sanción impuesta al interno Hugo Marcelo Oliva. En mayo del corriente, mediante orden interna emitida por el Establecimiento Penitenciario de Villa María, Oliva fue sancionado con diez días de alojamiento en una celda de aislamiento por la comisión de una falta grave, consistente en poseer elementos electrónicos no autorizados.
A su turno, el interno hizo descargo y apeló, manifestando que al momento del secuestro lo dejaron fuera de su celda.
Del correspondiente informe se desprendió que en un procedimiento de requisa, en el espacio donde se alojaba Oliva junto a otros tres penados se halló un teléfono celular con su batería dentro del colchón del apelante.
Asimsimo, se consignó que, tras el secuestro del aparato, éste sonó, que el llamado fue receptado por un ayudante y que un sujeto no identificado preguntó por “Tero”.
Merced a los elementos de prueba rendidos en la causa, el tribunal consideró acreditado que el celular le pertenecía a Oliva, ya que fue probado que su apodo era, efectivamente, “Tero”.