Conforme la conducta realizada por dos encartados, el Tribunal Oral Federal N° 1 de Córdoba (TOF1) los declaró autores responsables del delito de tenencia de estupefacientes, de acuerdo con el cambio y adecuación de calificación legal propuesto por el Fiscal General en el acuerdo de juicio abreviado.
“Atento al criterio en las causas ‘Acevedo, Hugo Alberto psa inf. ley 23737’ y ‘Toranzo, Gabriel Andrés pssaa inf. ley 23737’, en la que por un hecho similar al presente se condenó por tenencia de estupefacientes, y sin perjuicio a las reservas efectuadas, el fiscal General presta conformidad a que se adecue la calificación de la acusación y se los condene a los imputados Lallana y Feliciani como autores responsables del delito atribuido, estimando para el imputado Gustavo Fabián Lallana una pena de dos años y diez meses de prisión, multa de $ 250 y para María del Valle Feliciano una pena de un año y seis meses de prisión, multa de $ 200 y declaración de reincidencia, todos ellos con accesorias legales y costas”, indicaron los jueces José Vicente Muscará y Jaime Gavier Díaz, entre otras consideraciones, al resolver la cuestión.