miércoles 27, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Buscan evitar la probation en casos de violencia de género

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Un proyecto para impedir que sea admisible la suspensión del juicio a prueba, conocido como “probation”, cuando se trate de un delito cometido mediante violencia de género contra las mujeres, fue presentado ayer en el Senado de la Nación.

Se busca proteger a las mujeres que denuncian ser víctimas de violencia, ya que en situaciones de vulnerabilidad pueden ser presionadas o persuadidas por el agresor o el entorno familiar para llegar a un acuerdo y suspender el juicio correspondiente.

El año pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) determinó no utilizar esta figura procesal y aclaró que las situaciones de violencia de género deben ser dilucidadas en un juicio oral, respetando así las obligaciones internacionales firmadas por Argentina en relación con los derechos de las mujeres, al fallar en el denominado caso “Góngora”.

No obstante, “ha habido una serie de decisiones de jueces de primera instancia que concedieron este beneficio a imputados en delitos cometidos en situación de violencia de género, en franca contradicción con lo establecido por la Corte”, recordó Sigrid Kunath.

“La redacción actual del artículo 76 bis del Código Penal (CP) establece que el imputado puede ofrecer hacerse cargo de la reparación del daño y el juez decidirá sobre la razonabilidad del ofrecimiento, pudiendo la parte damnificada aceptar o no dicha reparación”, recordó la legisladora. En ese sentido, opinó que “esto puede permitir que el juicio se suspenda y no se pueda probar si la persona fue efectivamente culpable o no”.

El proyecto propone modificar ese artículo del CP, sumando a los casos en los cuales no procede la suspensión del juicio a prueba, los delitos cometidos cuando haya mediado violencia de género contra la mujer.

En Córdoba
En sintonía con la doctrina de la CSJN, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba determinó el año pasado que la suspensión del juicio a prueba no puede proceder en casos en los cuales se investiguen hechos de violencia de género.

La sentencia emanó de la causa “B., J. C. p.s.a. lesiones leves calificadas, etc. -Recurso de Casación”, y contó con el voto unánime de las vocales María Esther Cafure de Battistelli, Aída Tarditti y María de las Mercedes Blanc G. de Arabel.

La causa llegó a conocimiento del TSJ luego de un recurso de casación interpuesto por el defensor del imputado contra la resolución de un tribunal que no había hecho lugar a la solicitud de suspensión del juicio a prueba propuesta por esa parte.

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