El Gobierno amplió la eliminación de aranceles a la importación de 87 equipamientos médicos e insumos sanitarios durante el período que dure la emergencia declarada como consecuencia del avance del coronavirus, a través del Decreto 745/2020 publicado en el Boletín Oficial.
De acuerdo con lo establecido en la norma, los bienes alcanzados por la reducción de aranceles al 0% también quedan eximidos del pago de la tasa de estadística a las operaciones de importación.
En tanto, en sus fundamentos, el decreto señala que, dada la situación de emergencia sanitaria que tiene lugar en el país, y con el fin de no afectar la atención sanitaria de la población como consecuencia del brote del coronavirus, “resulta necesaria la adopción de nuevas medidas que se sumen a las ya adoptadas desde el inicio de esta situación”.
Para ello, indica que “es preciso garantizar a la población el acceso a ciertos insumos críticos con el fin de mitigar su propagación y su impacto sanitario”.
El 2 de abril último se eliminaron aranceles para un conjunto de 52 productos, y el 11 de mayo se amplió ese número a 75.
Entre los insumos eximidos en esta oportunidad de derecho de importación figuran alcohol etílico, propílico e isopropílico; guantes para cirugía; mascarillas del tipo de las utilizadas por los cirujanos en las operaciones; bomba de circulación extracorpórea; electrocardiógrafos; ecógrafos; aparatos de diagnóstico de visualización por resonancia magnética; explorador tomográfico; y cámaras Gamma.
También se incluye endoscopios; audiómetros; oxímetro de pulso; jeringas; instrumentos y aparatos para transfusión de sangre o infusión; desfibriladores externos que operen únicamente en modo automático; bombas de infusión; laringoscopios; aparatos de oxigenoterapia; pulmones de acero; máscaras antigás; cardiodesfibriladores automáticos; cardioversores; y termómetros clínicos.