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Retos en el diseño e implementación de la “Ley Yolanda” en la provincia de Córdoba

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Columna de AMJA

Por Cecilia Torri

La provincia de Córdoba, mediante ley 10758, adhirió a la ley nacional 27.592 conocida como “Ley Yolanda”, la cual dispone la capacitación obligatoria en materia de ambiente para todas las personas que se desempeñen en la función pública. Regulación que no alude a la perspectiva de género, por lo que resulta de interés identificar los retos y limitaciones que en la actualidad deberá enfrentar la gobernanza local en el diseño del contenido de las capacitaciones y su implementación a los fines de generar una política género-responsiva.

Ello por cuanto ha sido un compromiso asumido por nuestro país internacionalmente (Programa de Trabajo de Lima de la Convención Marco sobre el Cambio Climático; Compromiso de Santiago; Estrategia de Montevideo; etc.) y una acción aparentemente neutral puede reforzar desigualdades de género.

La incorporación de la perspectiva de género es central pues, justamente, son las mujeres las que sufren mayormente las consecuencias del cambio climático. En razón a que persisten las barreras para acceder a recursos en igualdad de condiciones a los varones, lo que las coloca en situación de desventaja.

A modo de ejemplificar se puede mencionar que según el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, las mujeres, las niñas y los niños tienen 14 veces más probabilidades que los hombres de morir en un desastre climático; “el 80% de los desplazados por desastres relacionados con el clima son mujeres”. La disminución de disponibilidad de agua potable traerá aparejado una mayor pobreza de tiempo de las mujeres y niñas -en cuanto son las principales responsables de recolectar y administrarla-, y como consecuencia tenderán a renunciar a la educación.

En esa misma línea, si bien las mujeres representan 43% de la fuerza de trabajo agrícola y producen la mitad de los alimentos del mundo, sólo entre 10% y 20% de los propietarios de tierras son mujeres (Plan de Acción sobre Género de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación).

Tampoco puede dejar de señalarse que las feminidades padecen un mayor riesgo de violencia por razón de género durante los desastres y después de ellos (Comité CEDAW, Recomendación N° 37, párrafo 5).

Por todo ello, sería importante que en cada uno de los módulos que se desarrollen, se incluya que el mantenimiento del estilo de vida trae graves consecuencias a toda la humanidad, pero en especial a las mujeres y niñas, aportando datos estadísticos que lo sustenten.

Es que, al tratarse de capacitaciones van dirigidas a funcionarias/os que pueden llegar a tener que resolver cuestiones vinculadas al ambiente, resulta imprescindible sensibilizar y concientizar sobre el impacto diferencial de las consecuencias del cambio climático en hombres y mujeres como así también “sobre las diferentes formas de violencia por razón de género que prevalecen en situaciones de desastre” (CEDAW, Recomendación 37, párrafo 57, e).

Ello brindará la posibilidad de efectuar un análisis de los riesgos -y daños, cuando corresponda- con diferenciación de necesidades, vulnerabilidades, grado de exposición y capacidades existentes según el género y otras opresiones que se entrecruzan (pobreza, diversidad funcional, minoría étnica, situación de migrante, adultez mayor, población LGTBI+, etc.); de modo que la decisión que arriben no incremente las brechas de género.

Ahora bien, también resulta necesario involucrar activamente a las mujeres con roles de liderazgo, revalorizando sus vivencias, conocimientos y habilidades. Para ello, sería de utilidad incorporar en el material de estudio un mapeo de las luchas feministas en materia de ambiente y sus relatos.

En el proceso de diseño sería interesante fomentar la participación comunitaria de modo institucional, habilitando desde la web gubernamental un formulario prestablecido donde puedan proponer temas a abordar. Tras ello, abrir mesas de discusión, como ocurrió a nivel nacional al fijarse lineamientos generales luego de un proceso de consulta abierto, participativo y federal.

Por otro lado, reparando que la justicia climática antepone la equidad de la totalidad de los pueblos, habría que incorporar los conocimientos ancestrales de pueblos originarios (tales como, en nuestra provincia, la de los pueblos Comechingón, Sanavirón y Ranquel) y rurales.

La transversalización de género también debería primar a la hora de designar el personal docente, por ejemplo, mediante cupos femeninos y trans.

  • Secretaria 1º Inst. Relatoría Penal TSJ

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