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Ley de etiquetado: prohíben publicitar alimentos para niños con sellos de advertencia

ETIQUETADO FRONTAL. Buscan convertirlo en ley en una sesión especial de Diputados
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dispuso la prohibición de toda publicidad, promoción y/o patrocinio de alimentos y bebidas envasados dirigidos a niños, niñas y adolescentes que contengan al menos un sello de advertencia o leyendas precautorias sobre edulcorantes y/o cafeína, en el marco de la implementación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como ley de etiquetado frontal.

Por medio de la disposición 6924/2022, publicada este martes en el Boletín Oficial, se formalizó la regulación de «toda publicidad, promoción y/o patrocinio dirigida al público y difundida en medios masivos tradicionales y digitales de alimentos y bebidas analcohólicas envasados que contengan al menos un sello de advertencia (incluyendo en éstos las leyendas precautorias sobre edulcorantes y/o cafeína), sean nacionales o importados».

Para los productos con al menos un sello que estén destinados especialmente a niños, niñas y adolescentes, la Anmat prohibió todo tipo de publicidad, promoción y/o patrocinio.

En cambio, para el resto de los alimentos y bebidas dirigidos al público general, la autoridad regulatoria dispuso que la publicidad, promoción y/o patrocinio debe tender al «consumo adecuado del producto, presentando sus propiedades objetivamente sin engaños o equívocos, brindando información veraz, precisa y clara».

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