Las sociedades de capitalización, de ahorro y préstamo y de constitución de capitales deberán requerir una declaración jurada sobre la licitud de fondos y documentación que respalde los datos consignados por el cliente, cuando realicen operaciones superiores a 40 mil pesos.
Así lo dispuso la Unidad de Información Financiera (UIF) mediante una resolución publicada ayer en el Boletín Oficial, en el marco del programa de actualización normativa instrumentado por el organismo para prevenir operaciones de lavado de activos y financiación del terrorismo.
Esa medida involucra las mencionadas entidades “que requieran bajo cualquier forma dinero o valores al público con la promesa de adjudicación o entrega de bienes, prestaciones de servicios o beneficios futuros”.
La UIF aclaró que esa obligación “ya existía pero el monto para su cumplimiento estaba establecido en 30 mil pesos”. Además, puntualizó que la resolución deberá aplicarse en casos de cesión de contratos de ahorro o título de capitalización vigente, o bien contratos renunciados o rescindidos; cancelación anticipada de un contrato de ahorro; cambio de modelo del bien suscripto por un modelo cuyo valor sea mayor a cincuenta por ciento del del bien suscripto al momento del cambio y licitación realizada con dinero en efectivo de un contrato de ahorro.