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La ética: un aporte imprescindible para combatir la «sextorsión»

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COLUMNA DE AMJA

Por Dra. Aída Tarditti

El caso. Una mujer se presenta a rendir como alumna libre una materia en la carrera que cursa en la Universidad Nacional de Villa María (UNVM). Comienza su examen. El profesor se ríe, le hace preguntas inapropiadas (cómo era en la cama ella y su novio), y le ofrece un “intercambio” de nota. La alumna rechaza, el profesor le dice que lo piense para el próximo examen. Ella le pide que le ponga ausente y así lo hace.

El hecho motivó una investigación, ante la presentación de la víctima, que se realizó en el marco del Protocolo para prevenir, abordar y sancionar las violencias de género en la UNVM, aprobado por resolución Nº 049/2018 del Consejo Superior, al enmarcarlo en una modalidad de acoso sexual (art. 5, d). El Equipo de Intervención acompañó a la estudiante en la denuncia. El profesor fue cesanteado por el Tribunal Universitario presidido por el Dr. Armando S. Andruet (h), que tiene competencia para realizar el juicio académico por las infracciones éticas y disciplinarias en que se encuentre involucrado el personal docente.  

En muy fundada resolución, el Tribunal Universitario consideró que esta inconducta se encontraba muy próxima a la «sextorsión», conforme las notas caracterizadoras proporcionadas por la experta Nancy Hendry, asesora de la Asociación Internacional de Mujeres Juezas (IAWJ). La sextorsión es una modalidad de corrupción pública o privada en la que, en lugar de dinero u otras ventajas, se abusa del poder en beneficio personal a cambio de la solicitación de sexo. Según la experta, tiene cuatro requisitos: i) una persona en posición de autoridad; ii) quid pro quo; iii) el beneficio pretendido debe ser de carácter sexual, y iiii) quien está en posición de autoridad se vale del poder coercitivo para obtener el beneficio sexual.

Puede solaparse con el acoso sexual “quid pro quo”. Lo que ocurre es que la sextorsión muestra la impropiedad del comportamiento como una forma de violencia de género y de corrupción. Igual de corrupta que la de quien pide dinero a cambio de algo que está en su esfera conceder o no.

La importancia de la ética

Este tipo de comportamiento inapropiado cuenta con impunidad debido a múltiples factores. Entre ellos la falta de un marco adecuado ético y legal para visibilizarlo.

Es poco frecuente que los códigos de ética mencionen en forma concreta las cuestiones de género. Esto no ha sucedido en el caso porque el Protocolo de 2018 nombra los comportamientos inapropiados, entre ellos el que dio lugar a la cesantía del profesor.

La importancia de las regulaciones éticas consiste en que contribuyen a la prevención al comunicar con claridad cuáles son los comportamientos inaceptables y generan una cultura que los desaprueba, como destacaron grupos de expertos (Naming, Shaming and Ending Sextortion, IAWJ, 2012, p. 33).

La responsabilidad ética proporciona una vía de reparación institucional a la víctima. Más aún en defecto de un marco punitivo, como es el caso de Argentina y de la mayoría de los países.  

Ética con perspectiva de género

El tribunal deontológico incorporó la perspectiva de género para resolver este caso. Este enfoque le permitió ponderar íntegramente lo sucedido en el momento del examen, al considerar el abuso de la posición de poder del profesor varón en un contexto dado por la asimetría de los roles profesor-alumna y la normalidad de ausencia de otras personas. La prueba fue valorada con perspectiva de género, tanto para la justificación de la falta de testimonios directos como para la ponderación de los indicios emergentes del comportamiento posterior de la víctima (conmoción al salir del aula, estrés postraumático) y del profesor (atestación falaz de la condición de ausente en el examen).

Los lazos virtuosos

Elegí este tema para que exploremos la dimensión ética en las cuestiones de género y la perspectiva de género. Este cruce es mutuamente beneficioso. La resolución brevemente comentada muestra esos lazos virtuosos. Para llegar a ella hubo un camino facilitado por una normativa ética adecuada para la prevención, abordaje y sanción de las violencias, un equipo que acompañó a la alumna para la denuncia y un tribunal universitario con formación ética y con perspectiva de género.

No cabe duda de que la alumna ha tenido una reparación institucional. Normas y tribunal han emitido mensajes comunicativos claros para condenar un proceder grave.

La gravedad está dada porque se vulneró el marco prescripto para el buen obrar exigible al comportamiento académico respetuoso del derecho a la no discriminación y una vida de las mujeres libre de violencia. Porque hay que decirlo: solicitar intercambiar una nota por sexo es un comportamiento corrupto. 

* Presidenta de la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina (AMJA)

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