viernes 15, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Habilitan trabajo temporario para profesionales en Mercosur

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Fue promulgada la norma que permitirá ampliar a los graduados argentinos sus horizontes laborales. El universitario o técnico deberá contar con un contrato y cumplir con ciertos requisitos comunes fijados en el marco regional.

El Gobierno promulgó en el último día hábil del año la ley 26800, que establece que profesionales de distintos países del Mercosur podrán trabajar en forma temporaria en los Estados miembros del bloque.

La norma, que se sustenta en una decisión del Mercosur y que fue sancionada por el Congreso de la Nación el 21 de noviembre pasado, acaba de ser incorporada al ordenamiento jurídico argentino. Cabe recordar que está apoyada en la decisión Nº25 del Mercosur, que establece el mecanismo para el ejercicio profesional temporario y otorgamiento de licencias en sectores vinculados con comercio de servicios en los Estados parte. En este sentido, se definió como servicios profesionales los prestados por graduados universitarios o de nivel superior y de nivel técnico.

La iniciativa se funda en el compromiso de los países de desarrollar normas para el otorgamiento de esas licencias y el reconocimiento mutuo con base en la educación, experiencia, licencias, matrículas o certificados obtenidos en el territorio de otro Estado parte. Para la elaboración de la normativa común, se conformará un grupo de trabajo por cada profesión o agrupamiento de profesiones. Para acceder, deberán ser legalmente responsables del otorgamiento de las licencias o matrículas profesionales en el país a la que representan.

Contrato

Para que un profesional argentino matriculado pueda desarrollar una actividad en otro Estado del Mercosur deberá contar con un contrato y tener en cuenta los requisitos comunes en los países miembros, según se precisa en la ley publicada el viernes pasado en el Boletín Oficial.

Las reglas para trabajar deberán basarse en criterios transparentes, que aseguren la calidad del servicio, la protección al consumidor, el orden público, la seguridad y la salud de la población, así como el respeto por el medio ambiente y la identidad de los Estados.

Mecanismo

– Para prestar servicios profesionales temporarios, el profesional debidamente registrado y habilitado en su país de origen, deberá solicitar su inscripción en el Registro profesional Temporario en la entidad fiscalizadora del Ejercicio Profesional, en cuya jurisdicción acredite un contrato de prestación de servicios.

– La entidad de fiscalización será la responsable por la aplicación del mecanismo y por la inscripción en el Registro Temporario a los profesionales de los otros Estados parte que lo requieran y cumplan los requisitos previamente acordados.

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