El plazo para la recategorización anual del monotributo vencerá el próximo 20 de enero, trámite que están obligados a realizar “aquellos monotributistas que hayan sufrido modificaciones en sus ingresos”, recordó ayer la AFIP.
Además del nivel de ingresos, la recategorización también debe realizarse en función de otros parámetros, como ingresos brutos devengados y la energía eléctrica consumida -en el período entre enero y diciembre de 2011- y los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad hasta el último día del año anterior.
“El contribuyente estará correctamente categorizado cuando se encuadre en la categoría que corresponda al mayor valor de sus parámetros: ingresos brutos, magnitudes físicas o alquileres devengados”, subrayó el organismo en un comunicado.
El trámite se realiza a través de la página web del organismo, ingresando al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario / Monotributo / Recategorización”.
En tanto, los contribuyentes que no hayan tenido modificaciones pueden permanecer en la misma categoría abonando el importe que corresponda a la misma. También se recordó que los de las categorías más altas -de la F a la L- y aquellos que son empleadores deben presentar una declaración jurada informativa correspondiente al tercer cuatrimestre de 2011.