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Claridad en los canales digitales de los poderes judiciales

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COLUMNA DE JUSCOM

Por Virginia Fourcade (*)

Por un lado, encontramos el movimiento plain language en inglés y «lenguaje claro» en español. Voces más autorizadas pueden hablar de su historia y evolución. Sí me animo a decir que, en ambas lenguas, el «lenguaje claro», en el sentido contemporáneo de buscar una comunicación más comprensible para el público general y evitar la jerga burocrática, se popularizó en el siglo XX. En los ‘70 en países de habla inglesa y, más recientemente, en el ámbito hispanohablante. A su vez, la promoción del lenguaje “jurídico” claro ha ganado terreno en las últimas dos décadas.

Por otro lado, encontramos la «Era 4.0”. La cuarta revolución industrial y la transformación digital, que nos lleva hacia una sociedad caracterizada por la automatización y la inteligencia artificial. Más una profunda influencia de la tecnología digital en nuestra cotidianeidad: la conectividad global y la adaptación constante de individuos, organizaciones y gobiernos para aprovechar las oportunidades y abordar los desafíos.

En materia judicial, tradicionalmente, el movimiento de clarificación se refiere a expresiones vertidas en documentos emanados de una autoridad judicial. Se hace hincapié en la redacción de sentencias y, menos frecuentemente, de otras comunicaciones procesales (notificaciones dirigidas a las partes o a testigos, informes periciales, etcétera).

Por mi parte, considero que la comunicación judicial va más allá de lo dicho formalmente en los procesos. Me sumo a quienes sostienen que la comunicación organizacional es integral, que la acción y la omisión también comunican. Que no sólo implica generar información (qué decimos) sino también manejar las relaciones con los públicos (cómo decimos y cómo actuamos), que involucra el comportamiento y el canal.

Entonces, la clarificación del lenguaje aparece como herramienta útil, tanto para la elaboración de documentos formales en un proceso como para la gestión de las relaciones con sus públicos. Una de las razones por la que hablamos, en un sentido amplio, de Comunicación Judicial Clara: generación de contenido jurídico o judicial comprensible para un público diverso, compatible con una amplia variedad de canales (físicos y digitales), que involucra comunicación escrita, oral, visual, remota y presencial.

Comunicación clara y accesibilidad digital

En la Era 4.0, la información fluye rápidamente y la tecnología revoluciona la forma en la que accedemos a ella. Impacta, claramente, en la administración de justicia y en cómo la ciudadanía interactúa con ella. Esta transformación digital, sumada a la evolución de la clarificación del lenguaje, nos exige adoptar un enfoque estratégico y multidisciplinario a la hora de gestionar las relaciones de los poderes judiciales.

Por un lado, diseñar contenidos para papel y para pantallas implica enfoques diferentes, debido a las características de cada medio. Además, se deben identificar los desafíos de comunicación de los canales digitales de la organización, analizar su capacidad técnica y el cumplimiento de estándares de accesibilidad en webs y aplicaciones. Pues, si hablamos de contenido comprensible para un público diverso, no debemos dejar a nadie atrás e incluir a personas con diferentes grados de formación jurídica (de 0 en adelante), provenientes de otras disciplinas y personas con discapacidad.

La relación entre comunicación clara y accesibilidad digital es esencial. Son conceptos complementarios que buscan eliminar barreras y garantizar que la información y los servicios judiciales en línea sean comprensibles, inclusivos y utilizables para todas las personas, independientemente de sus habilidades o discapacidades. Así, se democratiza el acceso a la información, disminuye la insatisfacción y la percepción de falta de transparencia, genera confianza y mejora la reputación del Poder Judicial.

La cúpula de la organización debe promover y disponer esta manera de gestionar la comunicación digital e involucrar a todos los actores de la organización. Y, lo más importante, con o sin regulaciones al respecto, debe primar un compromiso ético y responsable de cada judicial que diseña estos canales o interactúa en ellos.

Así, la tecnología estará al servicio de las personas, no al revés, y sólo será útil si contribuye a la comunicación clara y responsable, esencial para lograr verdadera equidad e inclusión.

El problema no es el avance de la tecnología, sino la pérdida de humanidad. Construyamos una justicia al mismo tiempo tecnológica y profundamente humana, donde la accesibilidad y la claridad sean la norma y la comprensión sea la regla.

(*) Abogada. Licenciada en Comunicación institucional. Máster en Dirección de Comunicación.

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