domingo 29, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Afirman que la reforma laboral es un retroceso y que disminuye los derechos del trabajador

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La iniciativa busca bajar el costo de las indemnizaciones, reduciendo los componentes de la base de cálculo y quiere crear un fondo para que las pague. Especialistas señalan que se les dará plena incertidumbre” a los trabajadores y condiciones más precarias

Por Carolina Klepp – [email protected]

El borrador de reforma laboral encendió la luz de alerta de distintos sectores. Entre los diversos puntos que se conocieron, el Gobierno busca reducir el costo de las indemnizaciones y quiere crear un fondo para que las pague; además, impulsan un blanqueo de empleados “en negro”.
Dos laboralistas: Carlos Toselli, presidente de la Filial Córdoba de la Asociación Argentina de Derecho del Trabajo y ex camarista local; y el ex ministro del Trabajo, Jorge Sappia, coincidieron en que la reforma es un retroceso y que disminuye derechos del trabajador.
“Es una reforma pro empresaria, salvo el eventual blanqueo que nadie sabe si va a ocurrir. Supuestamente está armado para beneficiar la generación de empleo, pero sería en condiciones mucho más precarias que las que hay actualmente”, subrayó Toselli.
Sobre el tema de la indemnización, Sappia sostuvo que lo que propone la reforma “es un retroceso porque se están reduciendo los componentes de la base de cálculo del mejor sueldo normal y habitual a tener en cuenta para multiplicar por la cantidad de años de servicio. Lo hace sobre la base de eliminar el cómputo de horas extras de comisiones, de bonificaciones”, describe. Agregó: “Me parece un retroceso porque, además, está disminuyendo la protección contra el despido arbitrario -que es un mandato constitucional- y esto no debería ser considerado”.

Por otra parte, la iniciativa reduce de dos a un año el plazo para que los trabajadores inicien acciones judiciales contra sus empleadores relativas a créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo y de disposiciones de convenios colectivos. Dicho plazo no podrá modificarse por las convenciones colectivas de actividad.
Al respecto, el ex juez laboral opinó: “Es un proyecto regresivo en cuanto a bajar el plazo de prescripción, de dos años a un año. Permite que por vía de convenio colectivo se establezca un régimen como el de la construcción en que no hay indemnización por cese”.
De la letra del borrador de reforma, se advierte que flexibiliza el criterio de ius variandi, que prohíbe la modificación unilateral de las condiciones de trabajo del empleado.

Al respecto, Sappia señaló que el anteproyecto cambia el artículo 66 de la Ley de Contrato de Trabajo. “Se lo modifica suprimiendo la última parte del artículo, que establecía que mientras el trabajador plantea judicialmente en un proceso sumarísimo que no le modifiquen las condiciones de trabajo, el empleador no puede modificar esas condiciones a la espera de la decisión judicial. Esto me parece que no está bien resuelto. Puede ser que haya casos en que el empleador necesite implementar un cambio que es resistido por el trabajador porque, en última instancia, el artículo 66 habla de modificación razonable y como no hay un aparato que mida la razonabilidad de la decisión, esto puede ser motivo de opiniones divergentes”. Para el ex ministro esto requiere un mayor análisis.

Por otra parte, el Gobierno impulsa la creación de un Fondo de Cese Laboral Sectorial, que costeará los montos correspondientes a las indemnizaciones por la cobertura en materia de preaviso y despido sin causa. Este sistema podrá reemplazar a la indemnización habitual.
“No podemos soportar que se sugiera reemplazar la indemnización por despido por un fondo de cese laboral y darle al trabajador una plena incertidumbre sobre su futuro laboral y sobre su posibilidad de seguir siendo empleado. Me parece que no es así, esto amerita un debate en serio”, advirtió Sappia.
Por el contrario, algunos abogados laboralistas vinculados al sector empresarial, como Ezequiel Rueda, ven con buenos ojos la posibilidad de este Fondo de Cese Laboral, como una forma de dar previsibilidad al empleador. Consideran que sí podría generar empleo al quitarle el miedo a los empresarios -como los del sector pyme- a quedarse sin su empresa al afrontar los costos de juicios laborales.

Responsabilidad solidaria
En otro de los puntos de la reforma, se postula que las empresas que subcontraten servicios quedarán eximidos de la responsabilidad solidaria respecto de las obligaciones de los contratistas con relación a los trabajadores ocupados para la prestación de esos servicios, incluyendo la extinción contractual y las obligaciones de la seguridad social.
Para Toselli, esto “facilitaría muchísimo el cese de actividades, no haciendo más responsable al principal sino que hace solamente responsable a la entidad que lo contrata como tercerizadora. De todo lo que ha surgido hasta ahora emerge claro que todas las normas tienden a favorecer al empresario; habrá que ver qué pasa con los gremios”.
Finalmente, Sappia afirmó: “Esto no se puede aprobar tal como está, hay que discutir mucho, hay que aclarar mucho como funciona lo del blanqueo, lo de la reincorporación de las pasantías, como es este asunto de que quieren eliminar algunas actividades del plano de la responsabilidades solidarias por incumplimiento patronal. Todo esto merece un debate en profundidad con participación de todos los sectores interesados; exige una consulta absoluta y total”.

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