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San Patricio del Chañar: el nacimiento del jurado municipal en Argentina

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Por Celeste Pousa y Hugo Mangione*

Neuquén nuevamente hizo historia. Diez años después de haber sancionado el prime rmodelo clásico de juicio por jurados de Argentina, la Provincia ratificó su compromiso con la participación ciudadana al incorporar el Tribunal Municipal de Jurados: San Patricio del Chañar se convirtió en el primer municipio donde sus propios vecinos y vecinas decidirán sobre los conflictos más graves que les afectan.

La aparición del jurado municipal irrumpe en la escena y reabre los debates en torno a nuestro modelo constitucional de administración de justicia. Este modelo, que busca dotarla de mayor calidad democrática, deja en evidencia dos pilares fundamentales del proyecto constitucional originario, hasta ahora aparentemente olvidados en el plano local: el principio republicano de poderes y el principio de autonomía municipal.

Nuestra Constitución adopta el principio republicano de división de poderes al establecer la obligación de dividir las funciones de gobierno entre un Poder Ejecutivo, un Poder Legislativo y un Poder Judicial. A pesar de ello, la mayoría de las municipalidades no cumple con este principio y, por el contrario, el modelo que se replica es el de una distribución bipartita del poder, que tiene únicamente como protagonistas de la vida municipal a los poderes ejecutivos y a los concejos deliberantes.

Además, a partir de la reforma de 1994, nuestra Constitución consagró la autonomía municipal, que les permite a cada uno de los municipios establecer sus propias regulaciones en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero. A pesar de este reconocimiento, ningún municipio del país se ha animado a desarrollar su propia administración de justicia.

Esta vacancia institucional se agrava si sumamos que actualmente las administraciones de justicia locales se han mostrado ineficaces en la gestión de los conflictos, lo cual provoca que los problemas sociales escalen y también el hartazgo ciudadano. Sumado a ello, las prácticas judiciales inquisitivas promueven la continuidad de una cultura del trámite que legitima que los conflictos más graves de una comunidad sean canalizados por medio de expedientes.

La realidad nos demuestra que son los gobiernos locales, por su cercanía y proximidad, los que en general responden a los conflictos cotidianos. Por eso, la irrupción de un Tribunal Municipal de Jurados, analizado como un nuevo paradigma de la justicia municipal, nos permite discutir sobre la importancia de que cada municipio tenga su Poder Judicial.

Esta discusión debe estar acompañada por la participación ciudadana, ya que la construcción de una mejor calidad democrática requiere de su involucramiento. Sin embargo, esa participación no debe ser decorativa sino que debe permitirle a la sociedad ocupar los lugares de decisión como lo habilita esta institución.

El tribunal estará integrado por siete ciudadanos y ciudadanas de San Patricio del Chañar quienes, respetando la equidad de género, serán elegidos para cada caso mediante de un sorteo. La participación será gratuita y voluntaria y para ello el municipio tendrá disponible un registro en el que los y las ciudadanas podrán anotarse para ser jurado.

Una de las notas distintivas del tribunal es que las audiencias serán simples, orales y públicas. En ellas, el jurado escuchará y luego deberá deliberar para decidir, de manera unánime, si la persona acusada es responsable o no, respecto de aquellas faltas más graves como afectaciones a la salud o al medio ambiente, corrupción o persecución de funcionarios.

Estas características presentan al jurado vecinal como una oportunidad histórica para superar este modelo de ejercicio de poder de carácter administrativo e infraccional y avanzar hacia un modelo en el que lo central sea la gestión del conflicto y la generación de reglas de responsabilidad. Este nuevo paradigma reconoce que las sociedades democráticas son esencialmente conflictivas, y que en ellas es necesario generar espacios institucionales para que esos conflictos puedan ser escuchados, atendidos y canalizados.

La decisión que ha tomado San Patricio del Chañar es una muestra de cómo los municipios pueden aportar en la gestión de la conflictividad social: el Tribunal Municipal de Jurados será una pieza clave para que los conflictos no se agraven y sean resueltos en el seno de su comunidad.

Una nueva forma de participación ciudadana comienza a crecer en Argentina. Los propios habitantes de San Patricio del Chañar construirán, a partir de las distintas decisiones en casos concretos, sus propias reglas de convivencia. Como dice Alberto Binder: “No queremos una sociedad de súbditos obedientes sino una sociedad de reglas claras y ciudadanos responsables”.


(*) Investigadores del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip)

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