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“MICA – UE 2022”

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Por Jorge Fabián Villalba (*)

La reunión del pasado 5 de octubre entre diplomáticos europeos marca el punto de partida formal para llevar adelante la codificación de un cuerpo legal capaz de brindarles un marco “legal” a los llamados activos digitales.

La postura prorregulatoria sin duda alguna es muy superadora ante la negatoria ya conocida, por cuanto la negación es insostenible ante los hábitos asumidos por la sociedad en general, sin distinción de clases, religiones, poder adquisitivo, etcétera.

La etapa de la indiferencia ha pasado y quizás ponga en evidencia que hay unas cuantas primeras batallas ganadas por la tecnología.

No es posible mirar para el costado… la anomia no es opción… cita Alejandro Golob en su nota para Infobae profesional (https://www.iprofesional.com/legales/371387-mica-la-regulacion-de-los-criptoactivos-en-la-union-europea).

La realidad demuestra que la tendencia prousabilidad de activos digitales no se explica solamente por móviles psicológico o económico/financieros. Quizás la respuesta esté en el terreno govtech, por cuanto creo de manera cada vez más firme que la alta desconfianza en las instituciones públicas y los elevados costos de transacción en el sistema bancario tradicional son los motores de aceleración de una innovación que cada día descubre nuevos horizontes de incumbencias; pero lo segundo se acentúa por lo primero.

MICA como acuerdo regulatorio general instala un faro para el mundo que sin duda alguna navegará bajo su guía, con altas probabilidades de quedar a la deriva por muchos años, porque cuando se sale tarde… es difícil recuperar posición.

Si bien la norma debe ser revisada por el Consejo de la Unión Europea (UE) para luego ser aprobada por la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios del Parlamento, todo indica que 2023 y 2024 serán años muy importantes para el ecosistema legaltech y sus ventanas.

La labor de la UE es fundamental pero quizás sea el momento de trabajar pequeños aportes en el escenario jurídico, para evitar que el lenguaje distorsione la realidad. La propia UE tiene, por ejemplo, el sistema del notariado latino, y la propiedad sobre un inmueble se adquiere de la misma forma que ustedes lectores ya conocen. Entonces, es fundamental evitar el mal asesoramiento para que luego algún vicio no se instale en los proyectos venideros.

Un punto central es la tokenización de inmuebles. En la siguiente nota (https://www.infobae.com/economia/2022/10/17/tokenizar-casas-y-departamentos-en-que-consiste-la-nueva-tendencia-cripto-y-como-invertir-desde-usd-100/), Juan Porrazzo, citado como socio de Metro Futuro DeFi (según la fuente), dijo: “Y la escritura ya no es necesaria porque quien valida la operación no es un escribano sino un smart contract estructurado en la blockchain”. A esta peligrosidad discursiva me refiero. No obstante, cabe aclarar que la nota fue advertida el pasado 17 de octubre y actualmente en la versión digital ese comentario ya no figura en algunos sitios. Por suerte.

En definitiva… el trabajo más importante está en lograr la armonía intelectual entre desarrollador-comunicador-usuario para lograr como resultado el plexo normativo ideal y armónico a nuestro sistema jurídico, evitando frases utópicas de imposible realización en el corto plazo.

Pero quizás este desafío no genere mucho interés porque la preocupación está en la recaudación impositiva proveniente de los activos digitales, no en su verdadera potencialidad para transformar el mundo lento, retardado, inseguro y obsoleto que hoy tenemos; el cual pregona inclusión de lenguaje solamente, cuando los hechos distan mucho de ese axioma.

Quizás la UE, con mayor civilización de sus individuos que en otros lugares de mayor barbarie, hoy tenga como preocupación el otorgamiento de licencias a los exchanges antes de operar en el mercado, que preocuparse por arquitecturas tokenizadas que se difunden con total desconocimiento de la ley de fondo.

La dialéctica emisión-negociación de criptoactivos constituye la principal preocupación, adornada con el aditamento del discurso proconsumidor.

Sin dudas que este 2022 está siendo el año de búsqueda de apropiaciones en las tecnologías 4.0 por los Estados, por FOMO o por las razones que sean; nadie quiere quedarse afuera ni mucho menos perder el tiempo.

El anonimato en materia de activos digitales vivirá los últimos años de gloria, hasta el ocaso definitivo.

Finalmente, mientras el mundo debate esta regulación, al sector bancario le aparece un nuevo fantasma: los préstamos con criptoactivos colateralizados con activos NFT con bajo costo de transacción y muchísima competitividad en el sector 4.0; mientras los bancos tradicionales tienen tasas de interés que prácticamente imposibilitan todo tiempo de emprendimiento para el pequeño “usuario”; ni hablar para el profesional.

En definitiva…, el “usuario” no es medido con la misma vara, y cuando la protección del consumo aparece, es porque el interés pasa por otro lado, pero discursivamente el argumento se mostrará bueno, altruista y justo.

Ojalá que el punto de partida de la UE contribuya para bien…

(*) Escribano, titular del registro 706. Director de la Sala Blockchain e Inteligencia Artificial y de su Revista Indexada, de la Universidad Católica de Córdoba. Experto en tecnología blockchain aplicada

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