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Menores sin redes sociales

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Por Matías Altamira (*)

La Cámara de Representantes de Florida aprobó un proyecto de ley que prohíbe a los menores de 16 años tener cuentas en ciertas plataformas de redes sociales. 

Con 108 votos a favor y 7 en contra el proyecto HB1 (House Bill 1) presentado el 05 de Enero de 2024, enviado al Gobernador Ron DeSantis para su promulgación el día 23 de Febrero, y esperando su resolución, obliga a algunas plataformas redes sociales a verificar la edad de los titulares de las cuentas, si son menores de 16 años cancelarlas y no permitir el registro de nuevas cuentas, hasta que superen esa edad mínima.

El proyecto se aplicará a aquellos menores que hayan informado que viven en el Estado de Florida o la red social tenga razones para creer que sí vive en este Estado, por lo menos 6 meses al año; y considera a una red social al foro online, una página web o una aplicación ofrecida por una entidad que permite a sus usuarios subir contenido y ver el contenido y la actividad de otros usuarios y que realiza alguna de las siguientes actividades: Utiliza algoritmos para analizar la información y seleccionar el contenido que verán sus usuarios; y tiene alguna de estas características adictivas: a) Scroll infinito con la carga continua de contenido; b) tiene notificaciones Push o alertas emitidas por el sitio sobre actividades específicas relacionadas con la cuenta del usuario; c) Implementa métricas interactivas personales para registrar los clicks de cada publicación; d) tiene activado el sistema de video automático, es decir que se inicia sin acción del usuario; e) implementa videos en vivo permitiendo a los usuarios y publicistas emitir video en tiempo real. Luego explica que no están incluidas las plataformas cuya función exclusiva es el correo electrónico o el sistema de mensajería directa entre usuarios que no puede ser visualizada por terceros ajenos a la comunicación. Lo que sería la plataforma WhatsApp.

La red social que tenga implementada estas funcionalidades que además tenga usuarios menores de 16 años con una actividad mayor al 10% (2 horas diarias) destinadas a utilizar la red social deberá: a) Prohibir a los menores de 16 años ser titular de una cuenta de usuario; b) Verificar la edad del titular de la cuenta al momento de creación de la cuenta, y en caso que el usuario no valide correctamente su edad, deberá prohibirle el registro; c) Ofrecer sistemas de verificación de identidad anónimos como estándares, a elección del usuario; d) En las cuentas existentes en las que se valide que es menor, la red social deberá suspenderla por un plazo de 90 días para que el usuario demuestre que es mayor de edad, y si no logra demostrarlo se cerrará la cuenta; e) Habilitar un sistema para que el menor de edad cierre su cuenta; f) Habilitar a los padres o tutores de un menor a cerrar la cuenta de su hijo; g) Cerrada la cuenta deberá eliminar toda información vinculada, salvo obligación legal de resguardarla.

El gobernador de Florida expresó a los medios de comunicación que si bien no está de acuerdo con las redes sociales cree que es función de los padres establecer qué pueden realizar sus hijos menores de edad.

La prohibición por sí sola siempre ha sido un motor importante para la actividad prohibida, su claro ejemplo fue la Ley Seca de Estados Unidos. Por otra parte, los menores de edad han adoptado las redes sociales para comunicarse, relacionarse y promover sus distintas actividades, por lo que la efectividad de esta norma es para quien escribe de bajo éxito. 

Lo que debería hacer el gobierno de Florida como cada uno de los ámbitos que tienen a su cargo menores de edad es promover la educación; habilitar funcionalidades según la edad de cada usuario; establecer horarios de acceso y permanencia; por ejemplo, los portales bancarios controlan cuánto tiempo transcurre sin actividad, para a los 10 minutos mostrar un mensaje y si no se prorroga activamente, se procede al cierre, por lo que controlar el tiempo de los usuarios es una simple funcionalidad que cada red social podría activar según el criterio de los padres, por ejemplo 2 horas por día escolar entre las 17 y 19 hs, y 3 horas los fines de semana.

Prohibir por prohibir genera rebelión, en cambio educar genera conciencia.

(*) Abogado, especialista en Derecho Informático

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