viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Mantener el equilibrio

Por Marta Belucci* -Exclusivo para Comercio y Justicia
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  Por Marta Belucci *

La voluntad libre, la confidencialidad, la flexibilidad, el respeto, la predisposición a colaborar y el equilibrio crean el ambiente propicio para que la mediación se desarrolle y avance con la intervención del mediador, quien está capacitado para cuidar la permanencia e integridad de aquellas características y habilitar el procedimiento, acompañando y guiando a los involucrados, con el fin de que solucionen su propio problema.
Mantener el equilibrio en el transcurso del procedimiento demanda a veces un esfuerzo continuo del mediador, que le exige actuar con inmediatez cuando el accionar permanente de una o de ambas partes pone en riesgo el equilibrio y, por ende, el resultado de la mediación. Esto sucede, por ejemplo, cuando una de las partes trae consigo una posición dominante.
En el Centro de Mediación Comunitaria de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Córdoba (CMCDFPC) se abrió un proceso de mediación a fin de tratar cuestiones pendientes derivadas de un contrato de locación ya finalizado, ante el requerimiento de la locataria.
La locadora -requerida- aceptó participar sólo en reuniones privadas; de ese modo trabajamos. El tema estuvo bien definido desde el comienzo.
Por un lado, la locadora quería el pago de los arreglos en el inmueble y de los servicios e impuestos hasta la fecha de desocupación (ya ocurrida), que conforme el contrato de locación eran obligaciones de la locataria, para así ofrecer en alquiler el inmueble.
Por otro lado, la locataria reconocía sus obligaciones pero disentía en el monto de mano de obra y materiales del arreglo, el que le parecía exagerado, además de innecesarios algunos detalles reclamados. Cumplidas sus obligaciones, ella quería que se le entregue el certificado de libre deuda a cargo de la locadora, según lo convenido en el contrato, para así desobligar a los garantes que se lo habían reclamado.

La locadora se mostraba cambiante en sus requerimientos ya que sumaba un gasto más o variaba el monto de los ya establecidos o improvisaba otra circunstancia nueva, lo que impedía concretar una suma para poner en conocimiento de la locataria. Ésta, a su vez, insistía en su planteamiento inicial. Desde la mediación logramos, vía telefónica, un descuento importante en la mano de obra, y la presencia en el inmueble de una persona de confianza de la locataria, quien controlaría los arreglos a realizar.
Trabajamos permanentemente para conservar el nivel de igualdad en la mesa, que peligraba ante el convencimiento de la locadora de que el hecho de tener que otorgar el libre deuda le daba autoridad, poder y resistencia a escuchar a la otra parte. Y, por el otro lado, logramos que la locataria comprendiera que sus obligaciones de pago surgían del contrato de locación que voluntariamente suscribió; entonces debía pagar lo que correspondía para así terminar esta situación y desobligar a los garantes.
En la segunda audiencia se hizo el acuerdo; la locadora recibió el dinero para el pago de la mano de obra a realizarse y para la compra de los materiales y la locataria entregaría las constancias de pago de los servicios de luz y gas, en el lugar y horario convenidos, contra entrega del certificado de libre deuda. La situación no finalizó, ya que las partes no pudieron concluirla entre ellas, solicitando nuevamente ayuda en el CMCDFPC.
Se realizó otra audiencia y, entonces, nos enteramos que el motivo de la desavenencia fue la negativa de la locadora a entregar el libre deuda hasta no contar con la factura de luz -que seguía sin generarse-, a pesar de que la locataria le dejaba en su poder una suma importante de dinero que había sobrado de la compra de materiales para cubrir ese pago.
Continuamos en reuniones privadas, y decidimos recordar a las partes que este procedimiento era voluntario, y colaborativo, que nosotras no teníamos autoridad para obligar a los involucrados en el problema, y que el límite de la mediación parecía haber llegado: en consecuencia, aquí tendría su fin. Analizamos con cada parte cuál era su alternativa fuera de la mediación para que resolvieran qué hacer con su situación.
Se suscribió un acuerdo que completó el anterior, en el que se hizo constar que la locadora recibió el dinero para efectuar el pago pendiente de la luz, y se consignó expresamente el libre deuda de todas las obligaciones derivadas del contrato de locación, quedando así la locataria totalmente desobligada.
Cada asistente se fue por separado y, antes de retirarse, cada una de ellas, con expresión sonriente, agradeció el espacio y la atención concedidos que propiciaron la solución a su problema. La decisión de comunicarles a las partes que habíamos llegado al límite del procedimiento y que cada una debía tratar sus cuestiones en otro espacio diferente al que nos encontrábamos habilitó la flexibilidad y colaboración de ellas para acordar y darle fin al conflicto.

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