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Lo que aún resta del caso Blas Correas

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Por Luis Carranza Torres (*) y Carlos Krauth (**)

Mientras continúan las derivaciones del caso Blas Correa, por un lado, con la disputa entre fiscalías para decidir quién continúa con la investigación de los funcionarios implicados en el hecho; y, por el otro, se promueven reformas legislativas y funcionales, la lectura de los fundamentos de la sentencia dictada por la Cámara 8ª del Crimen deja muchas aristas destacables para tratar. 

Efectivamente, en su extensa, detallada y prolija fundamentación, dicho decisorio ha dejado mucha tela para cortar. Algunos de sus puntos ya los hemos tratado en otras columnas, (vgr., los problemas en la formación del agente de policía). No obstante, en esta oportunidad queremos resaltar algunas de las consideraciones formuladas por el tribunal respecto del actuar de las autoridades policiales y políticas, que llevaron a declarar que tanto Blas como sus amigos que lo acompañaban esa noche fueron víctimas de violencia institucional. 

Dejamos de lado lo relativo a la condena en sí y al actuar particularizado de cada uno de los actores de esta triste e injustificada historia porque entendemos que las maniobras que desembocaron en la muerte de Blas, así como las desplegadas para encubrirlo, han sido tan burdas que había prueba de sobra para condenar a sus autores. Como una derivación de esta afirmación, queremos destacar en la decisión del tribunal su decisión de absolver, pese a la enorme presión mediática que había, a quienes consideró que no tenían vinculación con el crimen.

Ahora bien, respecto a los autores del homicidio y entrando en el tema de la violencia institucional, citamos lo que, entre otras consideraciones, el doctor dijo Jaime en su voto: «Evidentemente, al momento de los hechos no estaban aptos para desarrollar una función como la de agentes policiales que deban portar armas de fuego». En ese orden de ideas, se destacó la confesión de la imputada Esquivel, quien reconoció que los policías “plantaron” una arma para desviar la investigación, lo que justificó la condena por encubrimiento. No obstante, afirmó que tanto ella como su compañero «incumplieron flagrantemente con sus elementales obligaciones» al no actuar en contra de los autores del hecho, al no evitar que se agravaran las consecuencias del hecho, se preservara la escena del crimen, etcétera. «Nada de ello ocurrió; como si fuera usual este tipo de actitudes. Silenciar absolutamente lo acontecido».

A partir de allí, se probó que la cadena de encubrimientos siguió, que ésta fue escalando en la jerarquía de los funcionarios responsables, tanto políticos como policiales. Tan es así que, en la sentencia, la cámara pide que se continúe investigando la causa, extendiéndose el reproche -entre otros muchos- a miembros del Tribunal de Conducta Policial, al comisario Cumplido, al ex ministro de seguridad Alfonso Fernando Mosquera y al funcionario de esa cartera, Lucas Sebastián Mezzano, a la actual jefa de Policía Liliana Rita Zárate Belletti (por entonces directora General de Recursos Humanos de Policía de la Provincia), además de funcionarios policiales a su cargo. 

Con base en todo ello es que el tribunal, dada la condición de los sujetos que intervinieron en esta injustificable maniobra, encuadró el hecho en la llamada violencia institucional. Afirmó al respecto: «Más allá de las responsabilidades individuales de cada uno de los acusados (que por todo lo analizado supra, deberán responder por los delitos endilgados), afirmamos que, en el caso de marras, existió también un accionar institucional que es configurativo de este particular tipo de violencia». 

Otra particularidad a resaltar es que el tribunal amplió la calificación de violencia institucional no sólo al crimen sino a la actitud posterior que tuvieron los distintos funcionarios, que afectó tanto a las víctimas directas como a sus familiares, sea en el lugar del hecho, en momentos inmediatamente posteriores e incluso por la falta de información o porque ésta fuera falsa, que les brindaron en la Jefatura de Policía.

No somos originales al calificar el hecho del homicidio como inexplicable, injustificado y ominoso. La misma calificación entendemos corresponde a lo acontecido posteriormente: el intento de encubrimiento de funcionarios de distinto rango, quienes, sin sentido y delictivamente, confunden -como hemos dicho ya en otra ocasión citando a un viejo profesor nuestro- espíritu de cuerpo con complicidad. Entendemos que esas prácticas tan difundidas encuentran su raíz, entre otras cosas, en la mala formación de los funcionarios policiales y de quienes los dirigen (incluimos aquí a los funcionarios políticos) y en la orientación que se le ha dado a la función de las fuerzas de seguridad, más preocupadas en responder políticamente al poder de turno que en brindar seguridad a los ciudadanos. 

Mientras tanto, nosotros, los ciudadanos, esperamos que no se vuelvan a repetir hechos como el de Blas. Sin embargo, no parece haber motivos para ser muy optimistas hasta que no se decidan a hacer cambios profundos.

(*) Abogado. Doctor en ciencias jurídicas

(**) Abogado. Doctor en derecho y ciencias sociales

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