El estrado de un juez lo ubica a una altura superior a la de las partes, como un modo de señalar asimetría. Ésta es una dimensión institucional e indica un poder como una autoridad diferente (perito peritorum). Por Lic. Andrea Queruz Chemes *
El valor a perseguir es la Justicia, en consecuencia solemos anhelar que las personas que trabajan con ella tengan congruencia, capacidad, personalidad y moral. Esta última debería tener una solidez tal como para que la asimilación de los saberes y la experiencia lo sean conforme se avance en la carrera laboral en el sistema judicial. Sólo de esa forma llegaríamos a un escalón en la jerarquía,en el cual la “autoridad” se conjugue con el “poder” en la integración del rol a desempeñar.
Por otra parte se encuentra el hecho de que el poder es constitutivo de todas las relaciones humanas que integran una organización -no solamente es privativo de una persona en particular-, otorga cohesión y estabilidad, puede ejercer influencias en los decisorios, facilitar u obstaculizar proyectos, procesos y resultados.
La articulación entre la autoridad, la capacidad y la construcción de las relaciones es necesaria para el andamiaje del poder y de su gestión en pos de la calidad en el desempeño de la función de un administrador de la justicia y también de un auxiliar.
Las relaciones laborales interfuncionales jerárquicas y horizontales presentan fisuras que son ocupadas por esos otros vínculos informales que atraviesan el adentro y el afuera de una organización, de una célula -como lo es un tribunal mismo- o de alguna repartición y que pueden responder con la modalidad de encubrimientos corporativos o bajo alguna forma de “obediencia (in) debida”.
Mientras que las relaciones que se estructuran jerárquicamente son verticales, los procedimientos llevados por los instructores de las causas elegidos azarosamente o seleccionados intencionalmente -para llevar una determinada causa y ejercer algún tipo de intervención o seguimiento- son horizontales.
Tales son los componentes que legitiman al poder.
Lo que falta muchas veces es el dispositivo que articule ambas relaciones, verticales y horizontales, para hacer eficientes los procedimientos de control interno, sin que ello signifique coartar el accionar de las partes.
Hasta aquí, se puede decir que el dominio de las interacciones informales toman protagonismo en la dinámica del poder y conectan el adentro de un tribunal con el afuera de éste.
Los beneficiarios de la justicia y los auxiliares que en ella trabajan se ubican en el contexto externo, y no sólo ponen en juego su capacidad profesional para conducirse en un proceso en el marco de la ley sino que también quedan a merced de diferentes factores aleatorios que forman parte del sistema judicial, es decir factores casuales del “adentro”.
Es por ello que la confusión de roles y el consiguiente desconocimiento de sus responsabilidades y límites incrementa conflictos innecesarios cuando, por ejemplo, la parte pretende tomar el rol del perito.
O algún miembro de un juzgado, en su conducta, toma el lugar de un patrocinio, interfiriendo negativamente en la defensa de alguna de las partes, o pretende indicarle “qué hacer”, para “evitar hacer” lo que se le solicita a pesar de corresponderle.
Además de los factores hasta aquí expuestos que guardan relación con el comportamiento organizacional en el ámbito judicial, no se puede dejar de observar en las relaciones laborales la sensibilidad humana y celo profesional de los trabajadores de la Justicia, sean funcionarios o empleados auxiliares.
Es que no sólo la naturaleza humana es conflictiva; tampoco se puede negar que trabajamos “con” conflictos y “en” conflicto cuando se trabaja “con” otros y “para” otros actores sociales.
La litigiosidad en alza está asociada al estrés laboral y, en muchos casos, a condiciones de trabajo desfavorables, pero también a la falta de idoneidad y la transgresión institucional respecto al debido proceso.
Esta última no es una cuestión menor, pues lejos del estereotipo social del transgresor o criminal que es capaz de delinquir, que está fuera del sistema, la transgresión institucional se nos presenta oculta por la altanería de la forma o el poder de la investidura, pero con la sutil peligrosidad de adaptarse a las facetas más perversas del sistema.
El comportamiento organizacional en la justicia y la deficiente calidad humana y profesional que reúnen parte de sus integrantes y algunos auxiliares dejan huella en la conducta escrita, plasmada en un expediente, y en la calidad que la institución dice pretender.
¿Autoridad legítima o sólo imposición? ¿Interfuncionalidad o disfuncionalidad anárquica? ¿Idoneidad o psicopatía organizacional? ¿Es lo legal un valor superior a lo justo?
El poder dura hasta que se pierde; la muchas veces padecida incompetencia del burócrata y, en ocasiones, la deliberada mala praxis judicial pasan inadvertidas hasta que alguien las observa; y la justicia llega cuando le quitamos su velo.
* Perito psicóloga. Consultora en Psicología judicial y laboral