Por Patricia Junyent (*)
El Código de Convivencia Ciudadana de Córdoba vino a irrumpir en todos los rincones de la provincia, con el ímpetu que deben acompañar a los derechos humanos. Significó un auténtico cambio de paradigma en el tratamiento de las contravenciones en pos de la convivencia pacífica; esta norma sirvió de salvaguarda de la libertad, la no discriminación y el debido proceso.
Y lo hizo de la mano de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial de Córdoba.
En 403 municipalidades o comunas esto fue posible gracias a la tarea de los 309 Juzgados de Paz, llamados por la ley a custodiar las garantías judiciales en cada sumario contravencional.
Es justo dimensionar este logro y el trabajo silencioso que ha significado durante cada jornada la dedicación a favor de la comunidad.
Los números recogidos y organizados por la Oficina de Gestión y Estratégica del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) nos ayudan a visibilizar las proyecciones concretas en cada localidad. Pero además, la vocación de servicio de los jueces de paz.
En clave de derechos, muestran la disminución de las medidas coercitivas y la implementación efectiva del trabajo comunitario, que permite una reconstrucción del tejido social lesionado por la contravención.
En efecto, en el año 2015 se efectivizaron un total de 21.167 detenciones en las comisarías del interior provincial; mientras que en el año 2016 se produjo una notable disminución al terminar el año con un total de 5.579 personas privadas de su libertad por cuestiones contravencionales. El dato que explica esa diferencia tajante es que en abril de ese año se puso en marcha el Código de Convivencia Ciudadano.
En el año 2016 ya se pudo observar que el 70% de las condenas aplicadas se trataron de trabajo comunitario. Actualmente, esta tendencia sigue proyectándose en los distintos lugares de la geografía provincial. Según el relevamiento realizado del año 2017, se impusieron 1.177 tareas comunitarias, es decir, el 72% del total de sanciones; frente a 281 multas (17%), 126 penas accesorias y sustitutivas (8%) y 45 arrestos (que representan apenas el 3% del total de las penas).
Esta es una tarea trascendente y digna de un Poder Judicial comprometido con los derechos humanos. Pero no la única, puesto que los jueces de paz tienen a su cargo un cúmulo de cometidos asignados por la ley que se suman a esta competencia.
Es que los jueces de paz son protagonistas del sistema democrático de las municipalidades y comunas regidas por la Ley 8102, ya que presiden las juntas electorales; y así, asumen la responsabilidad de la dirección de todo el proceso electoral en sus distintas instancias y dinámicas.
Pero, además, están cerca de los más vulnerables, en especial de las personas que sufren violencia doméstica y de género, porque fueron designados por la ley para tomar las denuncias y las medidas urgentes, en miras a una pronta y eficaz protección de los derechos en riesgo en estas situaciones.
Como amigables componedores, conforme a la manda constitucional que les da vida, intervienen en conflictos locales entre vecinos, y buscan el entendimiento y acuerdo entre los ciudadanos de su comunidad.
Durante la investigación penal preparatoria, tienen la responsabilidad de librar órdenes de allanamiento; de igual modo, cuando se trata de procedimientos a cargo de la Policía Ambiental de la Provincia.
También tienen competencias asignadas por el Código Procesal Civil y Comercial de Córdoba. Entre otras cuestiones, de un modo similar a los oficiales de justicia, ejecutan medidas judiciales. Además, tienen otras tareas asignadas por las leyes y realizan un gran número de notificaciones.
Tutela judicial efectiva e inmediatez frente a la demanda de personas humanas que no pueden llegar, por diferentes motivos, a las grandes ciudades o centros urbanos a pedir la protección que merecen.
De esto modo evidencia el rostro de un Poder Judicial que ha hecho suyas las no sólo las directrices internacionales acuñadas por la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer sino también las de las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en situación de Vulnerabilidad.
Para ellos, nuestro sincero reconocimiento.
(*) Abogada. Integrante de la Comisión Asesora de la Justicia de Paz.