La inteligencia artificial ha sido motivo de anteriores columnas, ya que la pregunta sigue azotando a las oficinas de propiedad intelectual y al mundo entero… cuando hay inteligencia artificial involucrada en el desarrollo de una invención ¿de quién es el mérito?
Con el comienzo de la pandemia por covid-19, la importancia de los superordenadores se puso en primera plana; se trata de supercomputadoras, que tanto en tamaño como en capacidad, manejan y resuelven situaciones que ninguna computadora ordinaria podría. En España cuentan con el Marenostrum 4, que se puso rápidamente en escena, ya que cuenta con la capacidad para manejar grandes volúmenes de datos, y existía la posibilidad de que cruzando registros e información clínica con químicos, intentara lograr una fórmula que permitiera combatir el covid-19.
Nuevamente, surgió la preocupación para el campo de la propiedad intelectual, ya que si alguna de esas simulaciones hubiese logrado dar con la respuesta correcta, el mérito sería para los investigadores. Pero, ¿y si hubiese sido una inteligencia artificial autónoma, que aprendiese por sí sola?¿el éxito sería del programador o de la máquina?
En el mismo sentido, Stephen Thaler, un ingeniero informático de Missouri, creador de Dabus, una inteligencia artificial definida por Thaler como una “máquina creativa”. Dabus es, en realidad, un conjunto de redes neuronales que actúan y avanzan por sí solas con el objetivo de inventar cosas. Dabus ha generado dos creaciones: un recipiente para comer y una baliza con luz incorporada.
Ryan Abott, profesor de derecho de la Universidad de Surrey, quien impulsó a Thaler para desarrollar Dabus, también lidera un equipo legal que lucha para que las inteligencias artificiales tengan la posibilidad de proteger sus inventos, y ha obtenido diferentes respuestas a su pedido.
Pero la última noticia viene de la mano de una jueza del estado de Virginia, en Estados Unidos, quien ha expresado en forma terminante que las patentes sólo pueden ser concedidas a personas humanas. Explicando que la ley, en aquel país, obliga a prestar juramento al “individuo” a la hora de formalizar la solicitud, sosteniendo que con base en la literalidad del término individuo, se trata de un ser humano.
En Reino Unido la justicia ha tomado una decisión similar recientemente, al entender que los derechos derivados de las patentes sólo pueden ser encabezados y ejercidos por seres humanos. En la Unión Europea, se rechazó la solicitud en esta misma línea. Por el momento, la inteligencia artificial sólo obtuvo un inicial apoyo de Sudáfrica y de Australia.
Otro obstáculo es la concepción actual de invento que ha sido receptada por las diferentes legislaciones del mundo, ya que siempre involucra el desarrollo de un inventor humano, existiendo la posibilidad de que una empresa o persona jurídica sea su titular en virtud de una cesión anterior del humano inventor. De otorgarle derechos de propiedad intelectual a una máquina con inteligencia artificial, se le estarían otorgando derechos y capacidad que actualmente sólo pueden ser encabezadas y ejercidas por los humanos.
Ahora bien, quizás no resultaría tan descabellado que las producciones de las inteligencias artificiales se puedan registrar a nombre de la máquina, como productora de dicho objeto inventivo, pero no el ejercicio del derecho, sea del programador o la empresa dueña del sistema, incluyendo la posibilidad de emprender acciones legales o negociar licencias, tal como lo solicita el proyecto que defienden Abbot y Thaler.
Por supuesto, implicaría un cambio rotundo de paradigma y de la legislación vigente, pero es una temática que tarde o temprano deberá tener una solución legal, ya que el hombre bicentenario no está tan lejos de la realidad.
* Agente de la propiedad industrial ** Abogada