sábado 23, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Foro E-commerce 2018

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Por Matías Altamira *

Integrando la Semana TIC organizada por el Gobierno de Córdoba junto con las diversas organizaciones vinculadas a la tecnología, la Cámara Mediterránea de Comercio Electrónico (Camece) desarrolló el 8º Foro de Comercio Electrónico a salón completo, en el que expositores de gran nivel y profesionalismo junto a emprendedores de distintos rubros compartieron generosamente sus conocimientos y experiencias para que los asistentes en sus proyectos no tropiecen con las mismas piedras.
Analizando los aspectos legales de los market places le propuse al público presente tomar como referencia los términos y condiciones de uso de Mercado Libre, al ser las cuestiones esenciales comunes a todos los otros market places o plataformas de comercio electrónico.
Se comenzó destacando que los términos son actualizados periódicamente. La última versión es del 19/04/2018, por lo que los vendedores que publicitan sus productos en estas plataformas deben conocer sus modificaciones para adecuar las estrategias de comercialización a la versión vigente.

El uso de la plataforma demuestra la plena aceptación de sus condiciones, por ello es esencial que el dueño del negocio sea quien proceda al registro como vendedor. No sólo porque los términos exigen tener capacidad para contratar a nombre de la entidad y de obligarla sino porque, en caso de conflicto, no será aplicable la Ley de Defensa del Consumidor, ya que la negociación se materializó entre dos “comerciantes”, aun cuando uno sea sustancialmente más importante que el otro y, por ello, el juez no podrá sostener que el término fue abusivo, ya que se considera que todo comercio tiene capacidad de entender y analizar detenidamente dónde y cómo va a ofrecer sus servicios y productos.
Mercado Pago y Mercado Libre son dos empresas diferentes, pero a los fines de la plataforma están unidas y no pueden disociarse, al exigir al vendedor la utilización de Mercado Pago como una de las formas disponibles para el pago sin modificar los precios de venta del bien o servicio cuando el comprador seleccione este mecanismo. Además, se prohíbe promocionar otros medios de pago, ni sugerir o insinuar que no utilicen Mercado Pago.
Al conformar el precio del bien ofrecido, no sólo deben tener en cuenta los costos directos sino también los indirectos o potenciales, como los impuestos que retendrá Mercado Libre por orden de cada organismo recaudador y la posibilidad de que el comprador devuelva el producto y esos cargos los deba asumir el vendedor, aun cuando en las condiciones particulares de compra no se haya establecido una metodología de devolución.
Tal como se comentó en columnas anteriores, Mercado Libre ha sido reiteradamente condenado por incumplimientos de los vendedores que ofrecen bienes y servicios a través de su plataforma; por ello, en la cláusula de indemnidad el vendedor faculta a Mercado Libre a transar con los usuarios en su nombre y representación, y debitar de su cuenta de Mercado Pago los fondos para recuperar los gastos del acuerdo, más honorarios y costas judiciales.
En la conclusión se alentó a los asistentes a aprovechar las fuerzas de los grandes jugadores, siempre que sean conscientes de que sus condiciones y sus riesgos puedan ser mitigados en un alto porcentaje.

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