lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Enfrentar la superposición de tributos con la coparticipación

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Economistas, abogados y empresarios se reunieron en Córdoba para debatir sobre el incremento de la presión impositiva.

La creciente superposición de tributos en el país y la tendencia de los municipios en los últimos años a gravar las transacciones interjurisdiccionales ha puesto en alerta las empresas, las cuales cada vez de manera más frecuente debaten cómo enfrentar esta situación. Eso ocurrió días atrás en un seminario organizado en Córdoba por el Instituto de Estudios sobre la Realidad Argentina y Latinoamericana (Ieral) de la Fundación Mediterránea, y la Cámara de Comercio de Estados Unidos en Argentina (AmCham). Allí, economistas y abogados plantearon sus propuestas para mejorar una situación que no sólo dificulta el desempeño administrativo y económico de las compañías sino que también influye en el consumo, en la medida en que los clientes son quienes asumen en muchos casos el costo de los problemas del sistema impositivo.

De acuerdo con el planteo de Marcelo Capello, economista jefe del Ieral, una opción para modificar la superposición de tributos existente en el país es recurrir a transformaciones en los sistemas de coparticipación de impuestos, tanto a nivel nacional como provincial.

“La única alternativa de solución son los instrumentos que los gobiernos de nivel superior tienen para inducir a los municipios a que tengan una política tributaria que no se superponga con Nación y Provincia, que básicamente son las leyes de coparticipación. Éstas están preparadas para que, si un nivel de gobierno recibe recursos, garantice que su sistema tributario no esté en pugna con el nivel de gobierno que le envía los fondos. Por ejemplo, si existe un impuesto a los ingresos brutos en la provincia, los municipios no deberían aplicar un tributo igual, que es lo que en la práctica está ocurriendo”, plantea Capello.

Las investigaciones de Ieral indican que la presión fiscal municipal promedio entre quienes cobran con base en Ingresos Brutos se incrementó 20% a lo largo de la década pasada. En ese marco, además, la Región Pampeana es una de las que evidencia más carga tributaria municipal en el país (0,67%), sólo superada por el Noroeste argentino (0,69%), pero prácticamente el doble que el resto del país (0,30%). Asimismo, Córdoba es la tercera provincia argentina con más presión tributaria municipal promedio (0,70%), sólo superada por Entre Ríos (1,87%) y Tucumán (1,21%).

En este contexto, las situaciones más conflictivas en los últimos años se dieron en torno al llamado “impuesto a la valija”, a las Tasas de Abasto, a las de Publicidad y Propaganda y a las de Espacios Públicos.

El incremento de la presión impositiva en los municipios está vinculado con sus dificultades financieras. Por lo general, el aumento se produjo en momentos de crisis (por caso, años 2001 y 2002), pero se mantuvo una vez normalizada la situación financiera. También está relacionado con que los municipios –como también las provincias- tuvieron cada vez más funciones y gastos desde la década del noventa y no se modificaron las leyes de coparticipación para atender a esas mayores responsabilidades.

“Lo que se recomienda desde la teoría es que los municipios apliquen tasas de acuerdo con el servicio que prestan, pero si tienen que aplicar impuestos que lo hagan sobre bases no móviles. O sea, que no apliquen tributos sobre aquellos flujos de transacciones entre jurisdicciones. Hay que considerar que en Argentina hay más de 2.000 gobiernos locales, lo cual hace bastante inmanejable la situación. Aquellas bases registrables o poco móviles son básicamente Inmuebles y Automotores, pues tienen que estar registrados en un lugar. Y esos son los que se suelen aconsejar como instrumentos tributarios para municipios”, indica Capello.

Pero lo que ha ocurrido en los últimos años en el país fue en contra de esta concepción, porque ha perdido importancia en los municipios la recaudación por Inmuebles y ha ganado trascendencia la proveniente de contribuyentes de extraña jurisdicción, por gravar transacciones interjurisdiccionales. Por caso, en la ciudad de Córdoba la incidencia de Inmuebles sobre el total de lo recaudado  –incluyendo coparticipación- cayó de 26% a 13% entre 2000 y 2009. En Río Cuarto, por su parte, se redujo de 13% a 11% entre 2002 y 2009, pese al boom inmobiliario de los últimos años.

En este marco, en el encuentro del Ieral se evaluó de manera positiva la iniciativa que impulsa el gobierno provincial de consensuar un Código Tributario modelo para aunar criterios fiscales en los municipios. De todas maneras, Capello consideró que la Provincia “no va a poder obligarlos” a aplicarlo, porque son autónomos, sino que tendrá que alcanzar esa alternativa mediante una negociación y una armonización en la cual la Provincia tendrá que ceder algo para que los municipios accedan a aplicar un sistema más ordenado.

“Esto puede hacerse mediante la Mesa Provincia-Municipios, pero también hará falta algún instrumento legal, como es la discusión por la coparticipación dentro de Córdoba o aprovechar alguna situación en la que los municipios dependan de los recursos de la Provincia. Por ejemplo, cuando se renegoció la deuda de aquéllos hubiese sido una buena oportunidad para imponerle algunas condiciones en su sistema tributario”, opinó el economista.

Dentro de las quejas por la presión tributaria existente en el país, uno de las más extendidas está enfocada en la superposición de tributos, particularmente los que influyen sobre las ventas generales, porque inciden sobre múltiples etapas productivas y se aplican en forma acumulativa.

El debate en Córdoba es cada vez mayor y, en ese marco, los empresarios esperan una posición clara de la Justicia, que aún no se expidió taxativamente sobre el polémico “impuesto a la valija”.

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