El proceso de mediación se desarrolló en el Centro Judicial de Mediación y se refería a una causa penal.
Por Karina E. Battola * – Exclusivo para Comercio y Justicia
Luego de la aceptación del cargo como mediadora y de proponer comediador, se fijó fecha y hora para la primera audiencia, a la que concurrieron ambos actores del conflicto con sus respectivos abogados.
En la primera audiencia de mediación, ya con las partes -Sra. Pérez y Sr. Gómez (los nombres son ficticios en razón de la confidencialidad)-, acompañados por sus respectivos abogados, los mediadores realizamos el discurso inicial, explicando a las partes cada uno de los principios que se establecen en la Ley N° 8858; es decir la neutralidad, la confidencialidad de las audiencias (ya sean privadas o conjuntas), la comunicación directa entre las partes, la satisfactoria composición de intereses y el consentimiento informado.
Asimismo, ante algunos planteos que realizaron los abogados de las partes, se explicó la implicancia de la mediación en el proceso penal. Una vez que los participantes manifestaron su deseo de trabajar en el proceso de mediación, se procedió a la firma tanto del convenio de confidencialidad como del registro de audiencias. Con ello, se solicitó a quien había realizado la denuncia -que motivó la causa penal-, que relatara la situación.
La señora Ana Pérez manifestó que se encontraba en su domicilio, cuando llamaron a su puerta y ella acudió a verificar quién era. En esa oportunidad, era el padre de su hija, Juan Gómez -de quien estaba separada desde hacía ya 6 meses-, a quien le abre, pensando que venía a retirar a Macarena -la hija de 8 años de ambos-, conforme al acuerdo de familia que habían logrado en el proceso de mediación en el mes de marzo de 2012.
Juan le manifiesta que venía a buscar a la niña, pero antes necesitaba pedirle los papeles del auto (título y tarjeta verde), que Ana tenía guardados, porque los necesitaba para circular, ya que él se había quedado con la posesión del automóvil desde la separación. Ella le contesta que no le entregará los papeles porque de esa forma él podría vender el auto y se quedaría con la totalidad del dinero, sin entregarle 50 % del valor de éste, que le correspondía por haberlo adquirido mientras estaban casados.
Ante la negativa de Ana, Juan se molestó, comenzó a gritarle y la situación se tornó altamente conflictiva, ya que había insultos por parte de ambos, los cuales perduraron por varios minutos hasta que Juan golpea con su puño a Ana, tirándola al piso y causándole un corte en los labios.
La madre de Ana, que se encontraba en la casa, había preferido contener a Macarena en una habitación distante a la puerta de entrada para que la niña no presenciara la discusión de sus padres; escucha un golpe y llega hasta la puerta de ingreso del domicilio donde advierte que su hija se encontraba en el suelo y sangrando, razón por la cual llama a la policía. En razón de ello, realiza la denuncia y Juan es imputado por supuesto autor de lesiones leves.
Luego de esta exposición, los mediadores realizamos un parafraseo de lo narrado, quitando la carga negativa que se había expuesto en el mismo. Posteriormente, se le otorgó la palabra a Juan, quien manifestó que la situación había acontecido como lo había narrado Ana, pero que en definitiva el daño no había sido tal y se encontraba muy molesto por la situación procesal en el que se encontraba y que “todo se había complicado por los papeles del auto”.
A partir de entonces, se desarrollaron preguntas –abiertas, circulares y reflexivas- en principio, para discernir la dimensión y la dinámica actual del conflicto y luego para advertir cuáles eran las expectativas que tenían en el proceso de mediación.
En esta oportunidad, los abogados tuvieron un rol más protagónico, ya que manifestaron sus posiciones al respecto y se trabajó con ellos para descubrir los intereses que sustentaban dichas posiciones. Advertidos los mismos, se establece la necesidad de una nueva audiencia de mediación para la cual se fija fecha y hora.
En lo concerniente a la preparación de la agenda para el próximo encuentro, se efectuó un resumen de los aspectos prioritarios que surgieron en la reunión, básicamente sobre los relatos de las partes, que mostraban sus posiciones y se esbozó, como hipótesis de trabajo para la segunda reunión, la cuestión concerniente a la reparación que la Sra. Pérez necesitaba de parte de su ex marido, para lo cual consideramos oportuno trabajar la re-vinculación de ellos, atento a que en el futuro continuarían relacionándose por ser pareja de padres.
Así, se plantearon las siguientes cuestiones: a) la necesidad de reflexionar sobre las distintas posibilidades que ellos tenían con respecto al automóvil del que ambos eran propietarios. b) que pensaran cómo los veía su hija en una situación de conflicto como la actual. Ésta era una estrategia de trabajo a seguir que se realizaría en la próxima sesión, para trabajar la posibilidad de reparación que se advertía en los intereses de las partes… (Continuará la próxima semana).
(*) Doctora en Derecho y Cs. Sociales – Mediadora – Docente de la asignatura Teoría del Conflicto y la Decisión. Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos (Fac. Derecho y Cs. Sociales, UNC) [email protected]