Por Miguel Julio Rodríguez Villafañe / Abogado de cooperativas y mutuales, especialista en Derecho de la Radiodifusión
En abril de 2003, el cooperativismo argentino se reunió en el Primer Congreso Nacional de Radiodifusión y Cooperativismo, que se llevó a cabo en Santa Rosa de La Pampa, organizado por la Cooperativa Popular Eléctrica (CPE) de dicha ciudad. Allí se dio el llamado “Grito de Santa Rosa”. En la ocasión se dejó en claro que los derechos a la comunicación, a la información y a la libertad de expresión, en un marco plural, son presupuestos esenciales de la democracia. Se sostuvo la importancia de democratizar las comunicaciones y en ello reivindicar un espacio protagónico al cooperativismo. A su vez, se exigió la pronta derogación del artículo 45 de la ley de facto 22285 de 1980, que no permitía que entidades no comerciales, como cooperativas, mutuales y organizaciones sin fines de lucro, accedieran a la titularidad de licencias de radiodifusión.
En septiembre del mismo año, la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad del artículo 45 de la ley 22285, en dos valiosos precedentes que se lograron, en las causas de la Mutual Carlos Mujica (Radio “La Ranchada”) y la Cooperativa de Servicios Públicos de Santa Rosa de Río Primero.
Los fallos obligaban a que se entregaran los pliegos para las licencias de TV por cable a las cooperativas. Sin embargo, el Comité Federal de Radiodifusión (Comfer) dictó innumerables resoluciones por las que fue suspendiendo la venta de pliegos. Resoluciones éstas también tachadas de inconstitucionales. La Corte volvió a dar la razón al cooperativismo y ordenó que se entregaran los pliegos, en el caso que deduje, entre otras, por la cooperativa de Villa del Totoral, de Córdoba.
Entonces, se dictó la ley 26053, de 2005, que reformó el viejo artículo 45 de la ley 22285, pero que nuevamente dejó las cooperativas de servicios públicos fuera del acceso a las licencias. Se accionó contra dicha norma y también la Justicia la declaró inconstitucional, en planteos que efectuara, en nombre de las cooperativas de Morteros, en Córdoba, y Libertador Gral. San Martín, en Jujuy.
Después, se luchó por la nueva Ley de Servicios Audiovisuales 26522, norma esta que está vigente desde octubre de 2009.
Sin embargo, ahora, a 31 años de la prohibición inaceptable de la ley 22285 y con una nueva Ley de Servicios Audiovisuales, todavía no se ha podido contar en gran medida con nuevas licencias.
En los últimos tiempos, por decisiones judiciales inaceptables e inconstitucionales. Tal es el caso de las medidas cautelares, por las que se dispuso la suspensión de la aplicación de la nueva ley, dictadas por la Justicia Federal de Mendoza y de Salta. Medidas éstas que fueron revocadas luego, por la Corte Suprema en junio de 2010 y la Cámara Federal de Salta. Y ahora, en julio de 2011, por la medida cautelar dictada por el juez Edmundo Carbone de la Capital Federal, se suspendió la aplicación del artículo 30 de la ley 26522 que habilita a cooperativas de servicios públicos a prestar radiodifusión, sin discriminación.
A su vez, entre las primeras cautelares y la nueva medida pasaron muchos meses y los órganos nacionales de intervención necesaria en el otorgamiento de licencias a cooperativas, como la Autoridad Federal de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) y la Comisión de Defensa de la Competencia (Codeco), tampoco actuaron con la premura y diligencia necesaria. Tal es el caso de situaciones que se dieron en la AFSCA, en las que, para sacar una fotocopia de un expediente se demoró un mes o la anécdota que contó el presidente de una cooperativa jujeña, que tuvo que amenazar con encadenarse a la puerta del AFSCA si no le foliaban el expediente, que estaba paralizado, dado que le faltaba la foliatura. Otro tanto sucedió en la Comisión de Defensa de la Competencia que ha demorado, injustificadamente, los dictámenes que tiene que emitir.
Ante ese panorama, el sector cooperativo, postergado de poder ejercer, integralmente, el derecho humano de la libertad de expresión, decidió juntarse nuevamente el 15 de septiembre pasado bajo la misma modalidad que se reunió en el año 2003, convocado por la CPE y todo el cooperativismo organizado. En la ocasión se dejó sentada la necesidad de urgir la decisión judicial que revoque la medida cautelar que suspende la entrega de licencias a las cooperativas de servicios públicos. Sostuve que se debía sacar la causa al juez Carbone, unificar las personerías estatales y -de esa manera- evitar, como está sucediendo, que el mismo Estado Nacional sea demandado en la AFSCA y además, en el Ministerio de Economía, por depender de él la Codeco. Esto último también, ya que, de esa manera, se busca dilatar las decisiones judiciales. A su vez, consideré que se debe utilizar un per saltum, para ir directamente a la Corte, por la gravedad institucional que se da y que este Tribunal, de una vez por todas, defina el tema, que no merece más dilaciones, en verdad y justicia, para el sector cooperativo.
Sobre la base de los elementos referidos se dio el que se llamó “Segundo Grito de Santa Rosa”. En él se reafirmó la vocación de contar, a la brevedad, con los medios de difusión requeridos, enfrentando a las lógicas monopólicas que pretenden impedir la presencia de la economía solidaria en la prestación del servicio. También, se fijaron pautas y diversas acciones a llevar adelante, en unidad y determinación, quedando el sector en alerta y movilización en la temática.