Por Silvia Barceló * y Diana Valor *
Para comenzar, es necesario aclarar qué entendemos por “mirada jurídico-sistémica”. En este sentido, consideramos que los conflictos jurídicos que atraviesan las personas deben ser analizados, interpretados e interactuados no como un conflicto único, independiente y aislado en sí mismo, sino como parte de un sistema mucho más amplio que el que la situación fáctica describe.
Desde esta perspectiva entendemos el conflicto como un sistema en sí mismo compuesto a su vez por otros subsistemas, como el emocional, el legal, el familiar, el psicológico, el moral, etcétera y, en consecuencia, quien interactúe con este conflicto debe hacerlo desde una mirada sistémica, lo que implica una visión ampliada e íntegra de todos los subsistemas que dicho conflicto apareje.
Esta teoría se desarrolla teniendo como una de sus bases a la Teoría General de los Sistemas -cuyo mentor es Ludwig von Bertalanffy, en el año 1950-, la que nos enseña: “No estudia a los sistemas a partir de sus elementos básicos o últimos sino tratándolos a partir de su organización interna, sus interrelaciones recíprocas, sus niveles jerárquicos, su capacidad de variación y adaptación, su conservación de identidad, su autonomía, las relaciones entre sus elementos, sus reglas de organización y crecimiento, su desorganización y destrucción, etcétera. Una de sus virtudes esenciales es la de tratar los sistemas sin prescindir de sus relaciones con su entorno, manteniendo además las conexiones internas y externas de sus elementos” (Grün, La Globalización del derecho: Un fenómeno sistémico y cibernético, 2000, ). Y el “derecho es un sistema abierto. No es un sistema cerrado de normas sino también un conjunto de relaciones entre normas, hechos y valores” (Puerto, Vergara, & Camelo, Pensamiento Sistémico y Derecho, 2012).
Asimismo, es importante tomar el aporte que realiza la fenomenología sistémica, como un modo de mirar e interpretar situaciones para facilitar una transformación de las mismas, en lo que se llama “la solución de cada caso”.
Por medio de este enfoque sistémico consideramos cómo la familia influye de manera longitudinal en otros subsistemas, como la escuela, las relaciones sociales, el trabajo, etcétera. La complejidad de la fenomenología del sistema social se expresa por medio de una mecánica formada por una actividad consciente y otra inconsciente. Cada vez que hay caos, se está expresando el inconsciente y el consciente surge por medio del orden. Pero sin caos no hay evolución.
Desde esta mirada jurídica sistémica, y aplicando los estamentos que hicieron surgir pensamientos novedosos en nuestra actualidad, trasladamos al conflicto que llega a mediación esta forma de observación. Es así que cualquier tensión sin resolverse aún significa, desde esta perspectiva, un gran espacio para ambas partes que les permitirá subir un escalón más arriba desde donde mirar y conscientemente traer orden.
Debemos señalar que todas aquellas conductas que devienen en caos surgen del perpetuo movimiento de tres leyes en los sistemas: la pertenencia, la jerarquía y el equilibrio del dar y tomar. Estas tres leyes son las que, quebrantadas, traen desorden-inconsciente o mayor orden-consciente.
Desde la mediación, lo inconsciente o consciente sería esa parte del iceberg que no se ve pero que implica toda una gravitación al momento de la conclusión con solución o sin solución para un caso.
Advertimos que en el campo de la resolución de conflictos estamos asistiendo a una serie de cambios por los que se cuestionan los sistemas tradicionales de carácter coercitivo; de allí la creación de nuevos espacios y de nuevas instituciones para la regulación de los conflictos, donde el individuo es el mentor en la gestión de la solución.
La mediación es uno de estos espacios y su trabajo se sustenta en atender la complejidad de la vida y de las relaciones intervinculadas desde una perspectiva sistémica en un ámbito jurídico, cuando en él tienen lugar.
En la próxima entrega (el próximo jueves 28) se presentará un caso en el que se pueden ver reflejadas los conceptos enunciados. (Continuará)