domingo 22, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

¿Cuánto cobra y deberá cobrar Cristina Fernández?

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Por Jorge Horacio Gentile (*)

El juez Ezequiel Pérez Nami, el 29/12/2020 falló a favor de Cristina Fernández de Kirchner declarando la nulidad de la resolución del 1/11/2016 de la entonces ministra de Desarrollo Social de la Nación, Carolina Stanley. En ella se había dispuesto, sin notificar en debida forma ni dar derecho de defensa, la suspensión a partir del mismo día de su dictado, del pago de la Asignación Mensual Vitalicia que le fue otorgada a Cristina Fernández en el año 2015. Por lo que, además de su sueldo de vicepresidente, le corresponde cobrar la pensión por su marido fallecido Néstor Kirchner. Y, además, la asignación por haber sido dos veces presidenta, sin que se le descontara el impuesto a las Ganancias. 

El juez también mandó a pagar lo adeudado por el tiempo en que se le suspendió el pago de la asignación, con más sus intereses. 

Todo esto se ajusta a derecho, a pesar del millonario monto que percibe Cristina Fernández cada mes y el voluminoso monto que debe restituirle el Estado nacional por el tiempo en que se le suspendió dicho beneficio.

Si la ministra Stanley no se hubiera apresurado al suspender el beneficio, sin notificar ni dar derecho de defensa a Cristina Fernández, se lo podría haber declarado nulo porque la ley establece que la referida asignación “es incompatible con el goce de toda jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal, sin perjuicio del derecho de los interesados a optar por aquélla por estos últimos beneficios” (Art. 5). Cuando las cosas se hacen mal, luego es imposible revertirlas.

La decisión judicial se funda en que la ley 24018 dispone que perciban “asignaciones mensuales vitalicias” el presidente y el vicepresidente de la Nación, a partir del cese de sus funciones. “Si se produjese el fallecimiento, el derecho acordado o a acordarse al titular se extenderá a la viuda o viudo, en concurrencia con los hijos e hijas solteros hasta los 18 años de edad”, establece.

Tales asignaciones serán para el presidente la suma que en todo concepto corresponda “a la remuneración de un juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), y para el vicepresidente las tres cuarta partes de dicha suma”. Es decir, 75%. 

Como a los jueces no se les descuenta el impuesto a las Ganancias, tampoco, de acuerdo con la ley, le corresponde a las asignaciones de los ex presidentes y ex vicepresidentes.

Los ex primeros mandatarios Eduardo Duhalde, Eduardo Camaño y Ramón Puerta renunciaron a cobrarlas, no así el senador Adolfo Rodríguez Saá, quien fue presidente interino del país sólo siete días. Isabel Martínez de Perón cobra la asignación junto con el retiro militar de su marido, el ex presidente Juan Domingo Perón. Néstor Kirchner, mientras cobraba la asignación vitalicia como ex presidente, donó su sueldo de diputado, que ejerció desde el 10/12/2009 hasta su muerte, a Abuelas y a Madres de Plaza de Mayo.

Reformar la ley

Amerita, desde mi óptica, la reforma de la ley 24018, para hacerla más justa y razonable. De esta manera:

• La asignación para los ex presidentes y vice y de los jueces de la CSJN no se cobrará cuando el titular de ella ejerza alguno de estos cargos. De repetirse el ejercicio de alguno de ellos, al cesar en el cargo no se le otorgará un nuevo beneficio sino que continuará con el anterior.

• Este beneficio no se extenderá, como ocurre ahora, a otros funcionarios de la Justicia federal.

• Al liquidarse la asignación no se incluirá, para el presidente, el vicepresidente o los jueces de la CSJN, el incremento de 2% anual porque ellos tienen el título de abogado que cobran dichos magistrados cuando ejercen el cargo.

• A estas asignaciones se les descontará el impuesto a las Ganancias.

• Las reformas regirán después de que entre en vigencia la nueva ley, y no modificará los derechos adquiridos de los que ya lo perciben.

Esta asignación se dispuso por primera vez en una ley de 1938, con motivo de que el ex vicepresidente Elpidio González (entre 1922 y 1928), quien había renunciado a cobrar el haber que le correspondía por ese cargo durante los seis años que lo ejerció, se encontraba sumido en la pobreza. Después de haber estado preso junto al derrocado presidente Hipólito Yrigoyen, de quien fue ministro del Interior en 1930, González vendía anilinas Colibrí para subsistir, cerca de la Plaza de Mayo. El beneficio de la asignación tampoco lo aceptó.

Los argentinos esperamos que Cristina Fernández de alguna manera imite, aunque más no sea parcialmente, la conducta ejemplar de Elpidio González, que repitió luego el también derrocado presidente Arturo Umberto Illia.

(*) Profesor emérito de derecho constitucional en las universidades Nacional (UNC) y Católica de Córdoba (UCC). Ex diputado de la Nación.

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