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El abogado: un superhumano a conveniencia

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Por Karina Zeverin Alfieri (*)

Los abogados no están exentos de los avatares de la vida -las enfermedades, los accidentes, los duelos, los nacimientos- y de otras cuestiones que hacen a los aspectos esenciales y elementales del ser humano. 

Pero parece que, para los miembros del Poder Judicial, sí lo están -especialmente en el fuero Penal-, ya que no hay circunstancia alguna, salvo que se revele un dato personalísimo y perteneciente a la esfera de la intimidad, que amerite el reconocimiento de su derecho a “ser humanos”, a “ser personas”. 

Ese derecho fundamental nos es vedado mientras, “del otro lado del mostrador”, debemos estoicamente “tolerar” interminables licencias de funcionarios y magistrados que paralizan la prestación de servicio público esencial de justicia, cuando, en rigor de verdad, la situación de subrogancia está contemplada específicamente en toda normativa y la despersonalización de ese servicio hace a la esencia de su independencia. 

No resulta siquiera comparable el proceso de selección particular y de índole contractual que induce a un justiciable a “elegir” al abogado de su confianza, con la contracara de su imposibilidad de elegir a su “juez”, mientras que el juez puede -y no poco usualmente ocurre- gozar de la facultad de decidir cuándo y cómo cesar o suspender el ejercicio de sus funciones, que como regla lo es con goce de sus elevados estipendios. 

Ahora bien, si alguno de nosotros, los mortales abogados, osamos no exponer el motivo concreto de nuestra imposibilidad ante un tribunal, el curso de un proceso no se detiene, como si en el engranaje judicial fuésemos un eslabón prescindible, un adorno para garantizar los derechos constitucionales de los ciudadanos, derechos que, vale decir, muchas veces son sólo ornamentales en los procesos judiciales. 

Inmediatamente, a horas del suceso imprevisto, la justicia “coopta” a nuestro cliente, en una conducta atentatoria contra el carácter alimentario de nuestros honorarios profesionales, y aun contra la propia voluntad de aquél. La crítica va dirigida no solamente contra el Poder Judicial sino contra el andamiaje normativo todo, que no prevé licencias para los letrados y los coloca en una situación de seres descartables. 

Colegios de abogados y Poder Legislativo deberían tomar nota de esta cuestión porque, como se deduce de la lectura de este texto, lo expuesto trasunta el propio derecho a “ser humano” del abogado y tiene directa afectación de la garantía de defensa en juicio y debido proceso, que debería ser el eje soberano dentro de cualquier república que se precie de tal. 

La ley 5805 en su art. 17 prevé textualmente la equiparación del letrado particular a un magistrado con investidura pública; no obstante, los que caminamos la calle sabemos que ese mandato legal yace como letra muerta. 

Así, al aforismo coloquial “no serás nada o serás abogado” nos queda pendiente agregarle: “y serás un abogado sin derechos”. 

(*) Abogada. Titular del Estudio Zeverin & Asociados.

Comentarios 1

  1. Claudia Cuello says:

    Excelente, es una triste realidad pero eso somos abogados sin derechos.

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